Plan
de Convivencia
“Sembrar valores, recoger futuro”
CEIP SAN BENITO
ÍNDICE
- Introducción……………………………………………………………3
- Justificación…………………………………………………………….4
- Principios y metas…………………………………………....................4
- Diagnóstico de la convivencia en el
centro.……………………………6
- Objetivos generales: priorización y
planificación...................................10
- Normas de convivencia y su gestión…………..……………………….12
- Estrategias para favorecer la
convivencia……...………………………41
- Protocolos para la gestión de los conflictos….…...................................43
- Dinamización y difusión …………………………...............................
50
- Evaluación del plan……………………………..……………………..51
- Plan de formación……………………………………………………...52
0.
INTRODUCCIÓN.
El artículo 43 del Decreto 114/2011, de 11 de mayo,
recoge en su artículo 43 lo siguiente:
- El Plan de Convivencia es el documento en el
que se contemplará el ejercicio y el respeto de los derechos de los
miembros de la comunidad educativa como base de la convivencia entre
iguales, entre géneros y en la interculturalidad, así como de las
relaciones entre el profesorado, el alumnado y su familia y el personal no
docente.
- En él deberán recogerse, de forma particular
y autónoma, procedimientos que tiendan a la prevención y resolución
pacífica de los conflictos, a lograr la mediación y la reparación, así
como directrices para asumir compromisos educativos para la convivencia. Por
tanto, aunque se trata de un elemento de gestión de la convivencia, por
encima de todo debe constituirse como un elemento para la mejora del
centro educativo.
- El equipo directivo de los centros, teniendo
en cuenta las medidas e iniciativas propuestas por todos los sectores de
la comunidad educativa, elaborarán su Plan de Convivencia que se
incorporará al Proyecto Educativo.
Las Normas de Organización y Funcionamiento deben
recoger las normas de convivencia a impulsar, que se desarrollarán en el Plan
de Convivencia.
Anualmente se concretarán las acciones necesarias
para alcanzar los objetivos del Plan de Convivencia, recogidas en la
Programación General Anual del centro (calendario de ejecución, responsables,
seguimiento, evaluación…).
En el proceso de diseño o revisión del Plan debemos
tener en cuenta:
- El
Plan de Convivencia es un instrumento de planificación educativa que ha de
ser coherente con el resto del Proyecto Educativo y con un enfoque que
favorezca el ejercicio de los valores de responsabilidad, tolerancia, igualdad
y respeto.
- El
Plan será elaborado o revisado con la participación activa de todos los
sectores de la comunidad educativa, teniendo en cuenta las medidas e
iniciativas propuestas.
- El
centro establecerá sus propios procedimientos de resolución de conflictos,
haciendo de la autogestión de conflictos una oportunidad para la
formación. Estos procedimientos han de regirse por los principios de
oportunidad, intervención mínima, graduación y proporcionalidad.
- El
Plan de Convivencia debe priorizar la importancia de la acción preventiva
como garantía para la mejora de la convivencia escolar.
- La
finalidad de las medidas correctoras será especialmente educativa,
contribuyendo al desarrollo de las competencias básicas.
- Será
responsabilidad de todos los miembros de la comunidad educativa la puesta
en práctica y evaluación del Plan de Convivencia, con la finalidad última
de conseguir un clima escolar adecuado.
- JUSTIFICACIÓN.
Los centros educativos constituyen espacios
complejos en los cuales las personas, especialmente niños o jóvenes, pasan
buena parte de sus vidas. Donde acceden al dominio de áreas de conocimiento y
donde afrontan la convivencia con los otros miembros de la escuela.
Por lo tanto, a la escuela le corresponde enseñar modos
de convivencia social e institucional. Resultando mucho más significativa
aquella forma inherente al modelo de convivencia que genera el centro educativo
en su día a día y que involucra a todos.
Es importante considerar que el logro de una
convivencia satisfactoria en la escuela debe ser un objetivo prioritario e
insustituible para transformar positivamente la educación e incidir en la
sociedad, en beneficio de una educación más adaptada a las necesidades e
intereses del alumnado, generará condiciones de trabajo para los docentes
mejores y más saludables y facilitará el acceso a una cultura democrática y
respetuosa de la diversidad.
La escuela, como parte de la sociedad no se
encuentra exenta de situaciones conflictivas entre los miembros que la integran,
lo que afecta la convivencia pacífica e interfiere en el proceso de enseñanza
aprendizaje. Es fundamental promover un clima escolar favorable con normas
claras y explícitas, así como fomentar el desarrollo de procesos participativos
que contribuyan a mejorar las relaciones interpersonales y, por lo tanto, a una
optimización del trabajo pedagógico.
Para que la convivencia sea posible, son elementos
fundamentales: la tolerancia, el respeto y la solidaridad. Unificando y
coordinando acciones a la hora de afrontar problemas y buscar nuevas
alternativas elevamos el nivel competencial del centro educativo.
Un centro docente no es un mero
conjunto de aulas en las que se establecen unas dinámicas de trabajo y unas
relaciones específicas. El centro docente tiene una entidad propia como
conjunto de personas de diferentes orígenes, edades, culturas, con distintos
intereses y necesidades y con una vida privada y social propia, entre las que
se establecen relaciones con unas características concretas, con tiempos y en espacios
determinados, que hacen imprescindible consensuar y definir principios de
actuación.
El Plan de
Convivencia es un instrumento que permite concienciar y sensibilizar a todos
los sectores de la comunidad educativa en la tarea de adquirir las herramientas
necesarias que nos ayuden a todos a convivir desde el respeto a cada persona,
respetando la diversidad y las diferencias de cada uno.
El ámbito de la convivencia es un ámbito esencial
y fundamental del funcionamiento de un centro y requiere el compromiso e
implicación de toda la comunidad educativa. Los centros escolares, como
enclaves que son de vida y crecimiento personal, constituyen una fuente natural
de conflictos o, lo que es lo mismo, auténticas oportunidades para aprender a
vivir juntos.
No cabe duda, que la mejora de la convivencia en
nuestros centros pasa por el aprendizaje en la resolución pacífica de los
conflictos, lo que implica la participación y el compromiso de los profesores y
las familias.
La educación no puede orientarse sólo a la
transmisión de información sino que debe favorecer el proceso de asimilación de
una cultura democrática, integradora y potenciadora de valores.
Partimos de la concepción de centro educativo
como espacio de aprendizaje y convivencia. Entendemos la convivencia como la
relación que se establece entre los miembros de la comunidad educativa. Esta
relación debe superar la mera coexistencia o tolerancia del otro e implica el
respeto mutuo, la aceptación de normas comunes, la aceptación de otras
opiniones y estilos de vida, y la resolución por medios no violentos de las
tensiones que se produzcan en la relación.
En el Plan de Convivencia se han tenido en cuenta algunos principios
como:
El
aprendizaje no es un proceso
aséptico e impersonal que se da sólo en las aulas y en los centros docentes.
Además debemos tener siempre presente que cada alumno y alumna tiene una vida
propia a su alrededor y no podemos dejar de tener en cuenta a la persona y su
desarrollo emocional, ni hablar de aprendizaje sin incluir al grupo de
alumnos y de alumnas y a las relaciones que en él se produce. Para Díaz Aguado:
“…conviene tener en cuenta que la calidad de la educación depende, en gran
parte, de la calidad de las relaciones personales a través de las cuales se
produce. Cuando las relaciones (con profesores/as y compañeros/as) son
adecuadas, representan una importante fuente de apoyo y motivación para el
aprendizaje”.
Refiriéndonos a
esto último, la convivencia y las relaciones intergrupales y personales son
aspectos que van irremediablemente unidos al proceso de aprendizaje. No podemos
desligar ambas cosas, siempre estarán en relación para facilitar o para
entorpecer; incluso podríamos decir que lograr un buen clima de convivencia
pasa por hacer que todo el mundo se encuentre a gusto en las aulas y en el
centro.
Aprender a
convivir y relacionarse formará, por lo tanto, parte del aprendizaje. Hablar de
convivencia, de relaciones, supone tener en cuenta, por una parte una serie de
habilidades, procedimientos y actitudes a desarrollar en el alumnado y, por
otra tener que incluir una serie de valores como elementos del contenido
a enseñar y a aprender para garantizar la adquisición de las competencias
básicas que determinan la formación del alumnado.
La
participación.
Habrá que garantizarla como característica básica e indispensable para hacer
posible la democratización de los centros escolares, tanto en su gestión, como
en su dimensión educativa, es un derecho y una necesidad del proceso educativo
escolar. Entendida como principio que debe existir en las
escuelas y centros de aprendizaje, y como ámbito de aprendizaje en
sí mismo, dirigido a la intervención y contribución futura del alumnado
a una sociedad realmente democrática.
Las aulas tienen
que ser un medio donde niños y niñas, chicos y chicas aprendan y pongan en
práctica las reglas y los valores democráticos y donde se originen situaciones
reales para que puedan tomar decisiones al respecto.
Para ello, la
participación ha de contemplarse desde diferentes ámbitos:
·
ámbito curricular.
Señalar la participación como un objetivo educativo explícito hará que
el alumnado viva situaciones de participación democrática. Vivenciarlo le hará
llegar a ser ciudadano o ciudadana demócrata más fácilmente.
·
ámbito organizativo.
Plantear como objetivo que la escuela forme a personas democráticas y
participativas, ella misma tiene que estar organizada desde idénticos
presupuestos. La organización de un centro educativo debe ir en paralelo con
este principio de participación; desde la organización de horarios y espacios
para facilitar el encuentro entre las personas, pasando por un estilo de
dirección democrática del centro, hasta la construcción de las normas de
convivencia, en la propia aula, por parte de los protagonistas.
·
ámbito
personal-profesional. Lo que transmite el
profesorado está muy relacionado con su carácter, estilo o personalidad y con
su posicionamiento ante la vida (opinión, implicación...). El profesor o la
profesora al que el alumnado percibe como un “modelo implicado”, transmitirá y
enseñará lo positivo de actuar en colectivo e insertado en la sociedad.
Desde
esta perspectiva tendríamos que ser conscientes del currículum oculto,
que según D. Aguado constituye “uno de los principales obstáculos que debe
superar la educación para adaptarse a la situación actual, en función del
cual se transmiten las expectativas asociadas al papel de alumno (sumisión,
obediencia...) que entran en contradicción con los objetivos del currículum
explícito (autonomía, capacidad crítica), expectativas que con frecuencia
resultan imposibles de entender para determinados alumnos, a los que con
frecuencia se denomina como conflictivos”, reflexionando y dándonos cuenta
de lo que realmente estamos poniendo en práctica en el aula y en el centro.
·
ámbito social.
Conseguir la participación real de las familias en el proceso educativo
haciéndoles partícipes de la filosofía y los objetivos que se propone el centro
tiene que ser una meta más, así como buscar y facilitar la colaboración con los
recursos de la zona, creando redes comunitarias y comunidades de aprendizaje.
El centro educativo tiene que estar integrado en su entorno y abierto a la
participación.
El
conflicto: Para afrontar el aprendizaje de
la convivencia resulta imprescindible pensar en el conflicto como algo
que es inevitable e incluso, necesario. De esta forma, conseguiremos tener una
visión positiva, haciendo que podamos trabajar con él aprovechando la
oportunidad educativa que nos ofrece.
Siempre que
existan relaciones entre personas van a existir elementos conflictivos que,
además, nos van a servir para madurar personalmente y como colectivo. Por otra
parte, un conflicto no es algo objetivo, lo que para una persona no representa
conflicto para otra sí, pues las visiones que se tienen de la forma de vivir
una misma situación son muchas veces diferentes ya que en ello intervienen
valores, creencias, actitudes, etc.
El Plan de
Convivencia deberá apostar, decididamente, por una línea preventiva, pensando en
la participación como principal herramienta para la construcción de la
convivencia aprendiendo a enfrentarse y a prevenir el conflicto.
Al apostar por
una línea de prevención, estaríamos optando por la educación y la formación en
valores, por dotar a nuestro alumnado con estrategias y habilidades personales
para afrontar los problemas, relacionarse de forma positiva con los demás y
desarrollar su inteligencia emocional.
3.
DIAGNÓSTICO DE LA CONVIVENCIA EN EL CENTRO.
3.1. Características de la Comunidad Educativa.
A. Personal Docente.
Consta de 16
docentes de diferentes especialidades: maestras de Educación Infantil, de
Educación Primaria, de Inglés, de Francés, de Música, de Pedagogía Terapéutica,
de Religión, de Educación Física, así como Orientador
y Logopeda, definitivos en el centro, la mayor parte de ellos. Por lo tanto se
puede afirmar que se trata de una plantilla estable.
Las relaciones
entre el profesorado son buenas, basadas en un clima de cordialidad y de
respeto mutuo. El profesorado participa en la vida del centro, colaborando en
los eventos que se realizan y aportando ideas para mejorar el Colegio.
B. Personal Laboral.
Contamos con
personal de Servicio Complementario de Comedor (cocinera, ayudante de cocina y
auxiliares de servicios complementarios), personal de limpieza, personal de
mantenimiento y guardián, auxiliar educativa del Aula Enclave y personal
auxiliar de Administración.
El personal
laboral tiene una antigüedad en el centro, y se encuentran integrados en la
vida del mismo, colaborando y participando, según sus posibilidades, en las
actividades y planes que se desarrollan en el Colegio.
C. Características
socioeconómicas de las familias.
El centro se encuentra en
el barrio de San Benito con las delimitaciones características y peculiares de
San Cristóbal de La Laguna.
La realidad social del Centro ha cambiado
paulatinamente, en la actualidad, se encuentra en una zona de expansión
poblacional con nuevas viviendas, nuevos recursos de ocio y disfrute en la zona
(parque, piscina cubierta y demás instalaciones del Complejo Deportivo
Municipal, pabellón Juan Ríos Tejera,…).
La oferta escolar en este
entorno se completa con otros centros escolares próximos de
Enseñanza Secundaria (IES Laguna e IES San Benito), dos talleres ocupacionales
para personas con discapacidad psíquica, y también de varios centros privados
concertados.
El colegio recoge una extracción social y económica
diversa, desde familias que se encuentran bajo el umbral de la pobreza y que
requieren de medidas asistenciales, hasta una amplia representación de personas
que están empleadas en el sector servicios, profesiones liberales, amas de
casa, funcionariado e incluso dedicadas a la agricultura y/o ganadería. Por
ello el perfil de nuestro alumnado es plural, no sólo en cuanto a clase social
de origen, sino también en cuanto a lugar de procedencia: familias residentes
en la zona de influencia del centro, familias inmigrantes o desplazadas desde
diversos países y otras comunidades del Estado, alumnado que tiene dictamen de
escolarización en Aula Enclave y le es adjudicada plaza en este Centro,
alumnado residente en otras localidades que por motivos laborales de sus
familias les viene mejor escolarizarlos en La Laguna,...
En definitiva, un entorno social marcado por la
diversidad social, cultural y económica, que globalmente precisa de medidas de
compensación educativa y asistencial para garantizar el principio de igualdad
de oportunidades.
D. Características
del alumnado.
El porcentaje de
alumnos evaluados positivamente viene siendo de alrededor del 80% en los
últimos cursos, por lo que podemos considerar que se trata de una población
escolar, que en general, cumple con el deber de estudiar y realiza las tareas
que diariamente les encomiendan sus profesores.
El
grado de conflictividad es prácticamente inexistente, tal y como puede
apreciarse en las gráficas y el análisis de resultados de los cuestionarios
previos cumplimentados por la Comunidad Educativa, por lo que se puede hablar de un clima muy
positivo y de respeto entre el alumnado, y entre éste y el profesorado o el
resto del personal.
ALUMNADO.
Los cuestionarios que se pasaron a los
alumnos contenían los siguientes indicadores:
|
ALUMNADO
|
total encuestado
|
INSUFICIENTE
|
SUFICIENTE
|
BIEN
|
|
Existe una actitud de respeto mutuo
entre el alumnado
|
73
|
5
|
37
|
31
|
|
Existe un ambiente de colaboración
en el trabajo en grupo
|
75
|
5
|
16
|
54
|
|
Conoce las normas de convivencia
que figura en el NOF
|
73
|
12
|
35
|
26
|
|
Respeta las normas de clase y de
convivencia establecidas en el NOF
|
73
|
5
|
31
|
37
|
|
El alumnado participa en el control
y resolución de los conflictos
|
72
|
12
|
27
|
33
|
|
Existe una actitud de respeto mutuo
ente alumnado y el profesorado
|
73
|
2
|
15
|
56
|
|
Participa activamente en la
organización de la actividad de las clases
|
74
|
0
|
24
|
50
|
|
Se tiene interés por las
actividades que se realizan en el centro
|
75
|
2
|
19
|
54
|
|
El alumnado está satisfecho con la
actitud del profesorado en general
|
75
|
5
|
17
|
53
|
|
El alumnado percibe conflictividad
en el colegio
|
73
|
23
|
33
|
17
|
La
encuesta fue respondida por 75 alumnos de 3º a 6º de Educación Primaria. De su
análisis se deduce que gran parte de los mismos consideran que en el Colegio se
respetan las normas, existe un buen clima y baja conflictividad, tal y como se
ve en la gráfica anterior. La última pregunta creó confusión por su redacción y
opciones de respuesta.
FAMILAS
Total familias encuestadas: 71
|
FAMILIAS
|
total encuestado
|
INSUFICIENTE
|
SUFICIENTE
|
BIEN
|
|
Existe una actitud de respeto mutuo
entre las familias del alumnado
|
71
|
5
|
22
|
44
|
|
Existe un ambiente de colaboración
entre profesorado y familias
|
71
|
4
|
22
|
45
|
|
Conoce las Normas de Organización y
Funcionamiento del Centro
|
71
|
5
|
17
|
49
|
|
Considera que se respetan
adecuadamente las normas del Centro
|
71
|
5
|
30
|
36
|
|
Se respetan los derechos y deberes
del alumnado y sus familias
|
71
|
3
|
20
|
48
|
|
Participa en la toma de acuerdos o
resolución de conflictos escolares
|
69
|
20
|
31
|
18
|
|
Existe una actitud de respeto mutuo
entre profesorado y las familias
|
71
|
2
|
12
|
57
|
|
La información sobre la convivencia
escolar es adecuada y fluida
|
71
|
8
|
30
|
33
|
|
El nivel de convivencia existente
en el centro es satisfactorio
|
69
|
6
|
31
|
32
|
|
Existen conflictos significativos
entre profesorado y familias
|
70
|
25
|
20
|
25
|
La encuesta fue respondida por 71
familias del centro. De su análisis puede extraerse que las familias no
perciben conflictos en el Colegio, que se encuentran informados de las normas y
que les gustaría participar en la toma de acuerdos o resolución de conflictos
en mayor medida. Puede concluirse que las familias están satisfechas con la
convivencia en el centro. La última pregunta creó confusión por su redacción y opciones de
respuesta.
Total profesorado encuestado: 13
|
PROFESORADO
|
total encuestado
|
INSUFICIENTE
|
SUFICIENTE
|
BIEN
|
|
Existe una actitud de respeto mutuo
entre el profesorado
|
13
|
0
|
5
|
8
|
|
Existe un ambiente de colaboración
entre profesorado y familias
|
13
|
0
|
9
|
4
|
|
Conoce las Normas de Organización y
Funcionamiento del Centro
|
13
|
0
|
11
|
2
|
|
Considera que se respetan
adecuadamente las normas del Centro
|
13
|
0
|
10
|
3
|
|
Se respetan los derechos y deberes
del profesorado
|
13
|
2
|
7
|
4
|
|
El profesorado trabaja
coordinadamente en equipo
|
13
|
3
|
4
|
6
|
|
En la toma de decisiones se busca
habitualmente el consenso
|
13
|
5
|
7
|
1
|
|
El clima de trabajo en el centro se
considera adecuado.
|
13
|
2
|
9
|
2
|
|
Existe una actitud de respeto mutuo
entre el alumnado y el profesorado
|
13
|
0
|
7
|
6
|
|
El profesorado está satisfecho con
la actitud del alumnado en general
|
13
|
0
|
9
|
4
|
Respondieron
la encuesta 13 maestros-as, siendo la opinión mayoritaria la existencia de un
clima positivo de trabajo, predomina la actitud de colaboración y respeto entre
el mismo, así como con el alumnado. Destacar la necesidad de mejora en el
consenso en la toma de decisiones, en el trabajo coordinado en equipo, en el
respeto de los derechos y deberes del profesorado y el clima de trabajo del
profesorado en su centro.
PERSONAL LABORAL
Total personal laboral encuestado: 9
|
PERSONAL LABORAL
|
total encuestado
|
INSUFICIENTE
|
SUFICIENTE
|
BIEN
| |
|
Existe una actitud de respeto mutuo entre el Personal Laboral
|
9
|
0
|
0
|
9
| |
|
Existe un ambiente de colaboración entre el personal laboral y
familias
|
9
|
0
|
4
|
5
| |
|
Conoce las Normas de Organización y Funcionamiento del Centro
|
9
|
0
|
4
|
5
| |
|
Considera que se respetan adecuadamente las normas del Centro
|
9
|
0
|
4
|
5
| |
|
Se respetan los derechos y deberes del personal laboral
|
9
|
0
|
3
|
6
| |
|
El personal laboral trabaja coordinadamente en equipo
|
9
|
1
|
0
|
8
| |
|
En la toma de decisiones se busca habitualmente el consenso
|
9
|
1
|
2
|
6
| |
|
El clima de trabajo en el centro se considera adecuado.
|
9
|
1
|
3
|
5
| |
|
Existe una actitud de respeto mutuo entre el alumnado y el personal
laboral
|
9
|
0
|
3
|
6
| |
|
El personal laboral está satisfecho con la actitud del alumnado en
general
|
9
|
0
|
4
|
5
| |
Respondieron
la encuesta 9 personas, siendo la opinión mayoritaria la existencia de un clima
positivo de trabajo, predomina la actitud de colaboración y respeto entre el
mismo.
A
modo de conclusión general, hemos constatado un alto nivel de satisfacción en
cuanto a la Convivencia en los tres sectores estudiados, marcándonos como
objetivo el dar la difusión adecuada al presente Plan.
4.
OBJETIVOS GENERALES: PRIORIZACIÓN Y PLANIFICACIÓN.
Pretendemos
los siguientes objetivos:
o
Favorecer las mejores
relaciones entre todos los miembros de la comunidad educativa.
o
Desarrollar estrategias
para la prevención de conflictos y la resolución pacífica de los mismos.
o
Conseguir la
integración de todo el alumnado sin discriminación por razón de raza, sexo,
creencias religiosas, nivel económico o edad.
o
Fomentar la implicación
de las familias en la labor educativa.
o
Propagar el ejercicio
de tolerancia y libertad dentro de los principios democráticos de convivencia.
ACCIONES PREVISTAS:
·
Establecer normas muy claras y darle la mayor difusión en todos los
ámbitos educativos.
·
Trabajar en las tutorías las normas de convivencia establecidas en el
centro.
·
Establecer para el profesorado zonas de cuidado de los recreos.
·
Registrar las amonestaciones disciplinarias y aplicar las medidas con
el alumnado.
·
Elaborar junto con el alumnado las normas de clase.
·
Conocer los derechos y deberes que se le atribuyen a cada individuo
dentro del Centro así como las consecuencias que se derivan de su
incumplimiento.
·
Prestar especial atención al buen uso del lenguaje, al utilizar el
parte de incidencias.
·
Proponer desde la Asociación de Madres y Padres del Alumnado al Equipo
Directivo cuantas acciones tiendan a la mejora del ambiente en el Colegio.
·
Controlar al alumnado en la entrada y salida de las instalaciones
utilizadas en las actividades extraescolares, sobre todo en aulas, que entren y
salgan en orden y en silencio.
·
Cuidar el comportamiento del alumnado en las distintas actividades
programadas desde el centro (charlas,
salidas, tutorías,…).
5.
NORMAS DECONVIVENCIA Y SU GESTIÓN.
Aspectos generales de la Convivencia en el centro y normas que
garanticen la ejecución del Plan de Convivencia contemplado en el Proyecto
Educativo.
Se recogen en la LOE, artículo
124, y en el Decreto 114/2011, de 11 de
mayo, BOC 108.
PROCEDIMIENTOS PARA LA
ELABORACIÓN DE LAS NORMAS DE CONVIVENCIA DEL CENTRO.
Las normas de convivencia surgen
de las aportaciones de los distintos sectores de la Comunidad Educativa. Son
revisables anualmente a través de la Comisión de Convivencia y se presentarán
en el Consejo Escolar para su modificación y aprobación.
·
Asistir a clase con
puntualidad.
·
Al entrar al centro el
alumnado se colocará en fila en el lugar indicado para subir a sus clases en
compañía del maestro.
·
El alumnado que llegue
tarde deberá dirigirse a Secretaría con el familiar o persona que la acompañe,
para cumplimentar una ficha de retraso.
·
El profesorado que
llegue tarde deberá dirigirse a la Jefatura de Estudios para informar y
cumplimentar la ficha de retraso.
·
La familia del alumnado
no podrá entrar en el edificio sin la autorización expresa para ello, fuera de
los horarios de Visita de Familias, ni interrumpir al profesorado durante los
períodos de clase.
·
El profesorado y el
personal no docente no podrá abandonar el centro sin la autorización expresa
para ello, por parte del Equipo Directivo.
·
Para salir del Colegio,
durante el horario de clase, del comedor o de las actividades extraescolares,
será necesaria la presentación a su tutor/a de un justificante firmado por el
padre/madre/tutor/a legal, previa cumplimentación en Secretaría. En estos
casos, sólo podrá abandonar el Centro acompañado/a de un familiar o persona
autorizada por escrito o, en caso de fuerza mayor, por vía telefónica.
·
El alumnado debe justificar
por escrito cualquier falta de asistencia, además de avisar verbalmente lo
antes posible.
·
El profesorado debe justificar
por escrito cualquier falta de asistencia, además de avisar verbalmente lo
antes posible a la Jefatura de Estudios o cualquier miembro del Equipo
Directivo.
·
El alumnado tiene que
estar siempre bajo la supervisión del profesorado, no puede estar solo tanto
dentro como fuera del aula.
·
Respetar a los
compañeros/as, profesorado, familias y personal del centro.
·
Tratar de resolver los
conflictos con el diálogo, pidiendo ayuda si es necesario.
·
Mantener las aulas y
los espacios comunes ordenados y limpios.
·
Cuidar, respetar y
compartir los materiales comunes con los/as compañeras.
·
Entramos y salimos de
la clase en fila de forma ordenada.
·
Asistir a clase bien
aseado y con el uniforme del centro.
·
Cumplir las medidas y
tareas indicadas.
PROCEDIMIENTOS PARA LA
ELABORACIÓN DE LAS NORMAS DE CONVIVENCIA ESPECÍFICAS DE AULA y SERVICIOS
COMPLEMENTARIOS.
Las
normas específicas de aula y Servicios
Complementarios se formularán de acuerdo con los principios de necesidad y
claridad, y teniendo en cuenta que sean las menos posibles y redactadas en
positivo...serán elaboradas anualmente por el profesorado y el alumnado que
convive en el aula y por el personal responsable de los Servicios
Complementarios y no podrán vulnerar las normas establecidas con carácter
general para el centro. Junto con la elaboración de estas normas también se
deberá establecer los procedimientos o medidas ante incumplimientos de las
mismas.
El incumplimiento de
las normas de convivencia dará lugar a su consideración como conductas
contrarias perjudiciales para la convivencia.
Según el artículo 62
del Decreto 114/2011, de 11 de mayo.
Las conductas contrarias a la convivencia de carácter
leve.
a)
La falta injustificada de puntualidad o de asistencia a las
actividades programadas.
b)
Las actitudes, gestos o palabras desconsideradas contra los miembros
de la comunidad educativa.
c)
Una conducta disruptiva aislada, siempre que no sea reiterativa.
Tendrán la consideración de conductas contrarias a
la convivencia de carácter leve las siguientes formas de comportarse los
alumnos con los demás alumnos:
·
Insultar a los demás alumnos.
·
Reírse de los compañeros.
·
Poner motes a los demás.
·
Atravesarle el pie para que se caiga, sin
causarle lesiones.
·
Tirarle un objeto con la intención de hacerle
daño, sin causarle lesiones.
·
Tocar de forma impropia al resto de alumnos.
·
Pegar a los otros.
·
Culpar a otro sin justificación.
·
Mandar a un alumno a realizar un acto indebido.
·
Molestar al que trabaja.
·
Abusar de los más pequeños.
·
Amenazar a otro u otros alumnos.
Tendrán la consideración de conductas contrarias a
la convivencia de carácter leve las siguientes formas de comportarse los
alumnos con los maestros, personal del centro y familias:
·
Desobedecer
la indicación de los maestros o personal del Colegio.
·
Responder
airadamente.
·
Hacerle
muecas con el objeto de quitarle autoridad.
·
No
guardar el debido orden durante las clases.
·
Interrumpir
la clase con el objeto de que el maestro no pueda impartir su área.
·
Salir
de clase sin permiso del maestro.
Tendrán la consideración de conductas contrarias a
la convivencia de carácter leve las siguientes formas de comportarse los
alumnos con el material, mobiliario y espacios del centro:
·
No respetar los horarios y normas de entradas y
salidas al Centro.
·
Olvidar de forma reiterada el material escolar
en casa.
·
Pasar de forma escandalosa por los pasillos o
golpeando las puertas con el objeto de alterar el clima escolar.
·
Tirar objetos o papeles al suelo.
·
Dejar intencionada y reiteradamente los grifos
abiertos.
·
Maltratar las plantas y animales del Colegio o
entrar en las zonas ajardinadas.
·
Hacer caso omiso a las indicaciones de los
maestros que cuidan el patio.
·
Pintar las paredes, puertas o mobiliario del
Centro.
·
Robar material de escaso valor del Colegio.
Las medidas
sancionadoras que dispone el Decreto son las siguientes:
Artículo 65 del Decreto.- Medidas ante conductas contrarias a la
convivencia de carácter leve.
1. Las conductas contrarias a la convivencia de carácter leve serán
corregidas por el profesorado del centro, y particularmente por el que imparte
docencia directa al alumnado. En tal sentido, procurará agotar todas las
medidas a su alcance, sin intervención de otras instancias, con una o varias de
las siguientes:
a) Reflexión en lugar apartado dentro del aula sobre la conducta
inadecuada concreta y sus consecuencias.
b) Reconocimiento de la inadecuación de la conducta, ante las personas
que hayan podido resultar perjudicadas.
c) Realización de alguna tarea relacionada con el tipo de conducta
inadecuada.
d) Apercibimiento verbal con posterior comunicación a la jefatura de estudios
y a sus familias.
e) Privación del tiempo de recreo durante el período que se establezca
por los centros.
2. En caso de que la aplicación de la medida correctora no la llevara
a cabo el profesor o profesora que fuera testigo de la conducta, según lo
señalado en el apartado 1, subsidiariamente le corresponderá a la persona que
ejerce la tutoría, quien contará con el parecer del equipo educativo cuando lo
considere necesario, o a solicitud de uno de sus componentes.
Sólo cuando la intervención del tutor o la tutora con la cooperación
del equipo educativo no haya logrado corregir la conducta del alumno o alumna y
reparar el daño causado, después de aplicar las medidas previstas en este
artículo, la gestión del conflicto se trasladará a la dirección, o en su caso,
al equipo de gestión de la convivencia.
Según el artículo 63
del Decreto 114/2011, de 11 de mayo.
Las conductas contrarias a la convivencia de carácter grave.
a)
La desobediencia a los miembros del equipo directivo o a los
profesores o profesoras, así como al resto del personal del centro en el
ejercicio de sus funciones, cuando vayan acompañados de actitudes, o
expresiones insultantes, despectivas, desafiantes o amenazadoras.
b)
Los insultos o amenazas contra el alumnado o contra otros miembros de
la comunidad educativa cuando no estén señaladas como conducta que perjudica
gravemente la convivencia en el centro docente, así como los gestos o actitudes
contra los demás miembros de la comunidad educativa que puedan interpretarse
inequívocamente como intentos o amenazas de agresión.
d)
La alteración del orden en cualquier lugar del centro, en el
transporte escolar o en la realización de actividades fuera del centro, cuando
no constituyan conducta gravemente perjudicial para la convivencia.
e)
La discriminación por razón de nacimiento, edad, raza, sexo, estado
civil, orientación sexual, aptitud física o psíquica, estado de salud, cultura,
religión, creencia, ideología o cualquier otra condición o circunstancia
personal, económica o social, cuando no deba considerarse conducta que
perjudique gravemente la convivencia.
Además de las anteriores, o desarrollando las
mismas, también tendrán esa consideración las siguientes:
·
La reiteración de
faltas leves.
·
Faltar al respeto
mediante insultos graves, gestos obscenos o amenazas a cualquier miembro de la
Comunidad Escolar.
·
Cometer actos violentos
sin resultados de lesión hacia las personas que forman la Comunidad Escolar.
·
Falsificar la firma de
sus padres en las agendas e informaciones del centro.
·
Robar material del
Centro u objetos personales de cualquier adulto.
·
La no asistencia a
clase de forma injustificada por período superior a 3 días en el mes.
Artículo 66.- Medidas ante conductas contrarias a la convivencia de carácter grave.
1. Para la corrección de las conductas contrarias a la convivencia de
carácter grave, la dirección del centro o por delegación el Equipo de gestión
de la convivencia, aplicará alguna de las siguientes medidas:
a) Suspensión del derecho de asistir a las clases de una o varias
materias, o a participar en las actividades extraescolares y complementarias
hasta la celebración de una entrevista con los representantes legales, sin que
la medida pueda exceder de tres días.
b) Suspensión del derecho a utilizar el servicio de comedor o el
servicio de transporte escolar por un período máximo de tres días, cuando la
conducta contraria a la convivencia haya tenido lugar con ocasión de la
utilización de los mencionados servicios.
c) Suspensión del derecho a participar en actividades extraescolares
por un período que no podrá sobrepasar el final del trimestre académico en que
haya tenido lugar la conducta corregida o, en caso de haber tenido lugar en el
último mes del trimestre académico, el final del trimestre inmediatamente
siguiente.
d) Suspensión del derecho a participar en las actividades
complementarias que hayan de tener lugar fuera del centro docente por un
período que no podrá sobrepasar el final del trimestre académico en que haya
tenido lugar la conducta corregida o, en caso de haber tenido lugar en el
último mes del trimestre académico, el final del trimestre inmediatamente
siguiente, siempre que durante el horario escolar la alumna o alumno sea
atendido dentro del centro docente.
e) Suspensión del derecho a utilizar la biblioteca, el aula de nuevas
tecnologías, el laboratorio o cualquier dependencia del centro donde se realice
una actividad docente por un período que no podrá sobrepasar el final del
trimestre académico en que haya tenido lugar la conducta a corregir o, en caso
de haber tenido lugar en el último mes del trimestre académico, el final del
trimestre inmediatamente siguiente, cuando la conducta contraria a la convivencia
haya tenido lugar con ocasión de la utilización de los mencionados servicios.
2. La suspensión de cualquier derecho de asistencia o participación en
actividades extraescolares o complementarias conlleva el tratamiento educativo
y la custodia del alumnado garantizada dentro del centro, a través de las
estrategias establecidas en el plan de convivencia para la aplicación adecuada
de estas medidas.
3. La dirección del centro, oído el Equipo de gestión de la
convivencia, podrá aplicar, si se dan circunstancias agravantes, las medidas de
este apartado frente a las previstas en el apartado 1.
a) Suspensión del derecho de asistencia a las clases de una o varias
áreas o materias por un período de tres a diez días lectivos, sin pérdida de la
evaluación continua siempre que se realicen determinados deberes o trabajos
bajo el control del profesor o profesora que se designe a ese efecto por el
centro.
b) Suspensión del derecho de asistencia al centro docente por un
período de tres a diez días lectivos sin pérdida de la evaluación continua,
siempre que se realicen determinados deberes o trabajos bajo el control del
profesor o profesora que se designe a ese efecto por el centro.
c) Realización dentro o fuera del horario lectivo de un servicio a la
comunidad educativa como fórmula de reparación al daño causado. Esta medida no
puede ser impuesta sin autorización de los representantes legales en el caso
del alumnado menor de edad, y aceptada por el propio alumno o alumna si es
mayor de edad.
d) Suspensión del derecho a beneficiarse de una medida de compensación
de las establecidas en el centro por un período que no podrá sobrepasar el
final del trimestre académico en que haya tenido lugar la conducta a corregir
o, en caso de haber tenido lugar en el último mes del trimestre académico, el
final del trimestre inmediatamente siguiente, cuando la conducta contraria a la
convivencia haya tenido lugar con ocasión de la utilización de los mencionados
servicios.
4. La dirección del centro garantizará el ofrecimiento de una mediación
con la otra parte del conflicto.
Cuando se acepta la mediación la aplicación de cualquier medida se
paraliza hasta la finalización de la misma, que deberá incluir el cumplimiento
del acuerdo alcanzado.
5. En el caso de alumnado con graves problemas de conducta, se
derivará hacia un programa establecido en el plan de convivencia para su
atención y tratamiento.
Se citará a la familia para afrontar conjuntamente la situación y, en
su caso, solicitar la intervención de otros recursos externos como salud mental,
servicios sociales municipales u otros.
Según el artículo 64
del Decreto 114/2011, de 11 de mayo.
Las
conductas que perjudican
gravemente la convivencia las que se expresan a continuación:
a)
Los actos explícitos de indisciplina o insubordinación, incluida la
negativa a cumplir las medidas correctoras impuestas, ante los órganos de
gobierno del centro docente o profesorado en ejercicio de sus competencias.
b)
Las expresiones que sean consideradas gravemente ofensivas contra los
miembros de la comunidad educativa, verbalmente, por escrito o por medios
informáticos, audiovisuales o de telefonía.
c)
Las vejaciones o humillaciones a cualquier miembro de la comunidad
educativa que tengan una implicación de género, sexual, racial o xenófoba, o se
realicen contra el alumnado más vulnerable por sus circunstancias personales,
sociales o educativas.
d)
El acoso escolar.
e)
La agresión física contra cualquier miembro de la comunidad educativa
o la instigación de dichas acciones.
f)
Provocar o involucrarse en altercados o conductas agresivas violentas
que impliquen riesgo grave de provocar lesiones.
g)
Cometer intencionadamente actos que causen desperfectos en
instalaciones o bienes pertenecientes al centro docente, a su personal, a otros
alumnos y alumnas o a terceras personas, tanto de forma individual como en
grupo.
Además
de las anteriores, o desarrollando las mismas, también tendrán esa
consideración las siguientes conductas:
·
La reiteración de
faltas graves.
·
No cumplir una sanción
impuesta por falta grave.
·
Alterar las
calificaciones de los Boletines de Notas.
·
Falsificar la firma de
sus padres en los Boletines de Notas.
·
Robar material de valor
del Centro.
Artículo 67.- Medidas ante conductas que perjudican gravemente la convivencia.
1. Las conductas que perjudican gravemente la convivencia en el centro
docente serán corregidas por el director o directora para lo que podrá contar
con la asistencia del Equipo de gestión de la convivencia o de los Equipos de
mediación, con la aplicación de una o varias medidas de las recogidas en el
artículo anterior y, además, con cualquiera de las siguientes:
a) Suspensión del derecho de asistencia al centro docente por un
período de once a veinte días lectivos sin pérdida de la evaluación continua,
siempre que se realicen determinados deberes o trabajos bajo el control del
profesor o profesora que se designe a ese efecto por el centro.
b) Suspensión del derecho a participar en las actividades
extraescolares o en las complementarias fuera del centro docente, o del derecho
a utilizar el servicio de transporte escolar o el servicio de comedor, durante
un período que puede llegar hasta la finalización del año académico, cuando la
conducta contraria a la convivencia haya tenido lugar con ocasión de la
realización de las mencionadas actividades o servicios.
c) Inhabilitación para cursar estudios en el centro en el que se
cometió la conducta gravemente perjudicial por el tiempo que reste hasta la
finalización del curso escolar.
d) Inhabilitación definitiva para cursar estudios en el centro donde
se cometió la conducta gravemente perjudicial. En este caso, el Consejo Escolar
del centro podrá acordar la readmisión del alumno o alumna para el siguiente
curso, previa petición y comprobación de un cambio positivo en su actitud.
2. En caso de que el alumno o alumna con medida de inhabilitación,
curse las enseñanzas obligatorias, la Administración educativa le asegurará un
puesto escolar en otro centro docente sostenido con fondos públicos, en los
términos que se determinen por orden de la persona titular de la consejería competente
en materia de educación respecto a los servicios complementarios. Si se trata
de alumnado que siga enseñanzas no obligatorias, de no existir plazas se le
facilitará en la modalidad de enseñanza a distancia.
6.
ESTRATEGIAS PARA FAVORECER LA CONVIVENCIA.
En nuestro centro
se desarrollan las siguientes estrategias según el Decreto 114/2011, de 11 de mayo, por el que se regula la
convivencia en el ámbito educativo de la Comunidad Autónoma de Canarias.
EQUIPO DE GESTIÓN DE LA CONVIVENCIA.
El CEIP San Benito
gestiona la convivencia a través de la Comisión para la Convivencia formada
por:
·
La
Dirección y/o Jefatura de Estudios, indistintamente.
·
Un
Maestro/a.
·
Un
Padre/Madre.
·
Dos
alumnos/as rotativo entre los delegados de 4º, 5º, y 6º.
·
Personal
de Comedor.
a)
La responsabilidad de asistir a la dirección del centro y al resto de
la comunidad educativa en el cumplimiento de lo establecido en este Decreto,
canalizar las iniciativas de todos los sectores de la comunidad educativa para
prevenir la violencia, evitar el conflicto, mejorar la convivencia y el respeto
mutuo y la tolerancia en los centros docentes.
b)
El tratamiento de los conflictos de convivencia mediante los
procedimientos establecidos en el presente Decreto, garantizando los principios
de oportunidad, intervención mínima, proporcionalidad y superior interés del
menor en sus actuaciones.
Acciones a desarrollar:
- Recabar
del profesorado la información de la situación de la aplicación de las
normas de convivencia así como del seguimiento de las actuaciones del Plan
de Convivencia.
- Preparar
informes para su estudio.
- Llevar
al Consejo Escolar los informes y propuestas.
- Garantizar
el logro de los objetivos expresados en el Plan de Convivencia.
- Facilitar
la adquisición de libros para la biblioteca de centro o de aula y otros
materiales que trabajen los valores de convivencia, a propuesta de
tutores.
- Proponer
y coordinar proyectos de formación sobre aspectos de mejora de la
convivencia en el centro.
- Requerir
la intervención de los Equipos de Orientación, en aquellos casos cuya
colaboración sea necesaria.
SERVICIO DE MEDIACIÓN
Según el artículo 52 corresponde al
Equipo Directivo:
a) Favorecer el fomento de la convivencia en el
centro impulsando el plan de convivencia aprobado por el consejo escolar.
b) Aplicar las medidas de corrección de conductas
que podrá delegar en la jefatura de estudios, en el tutor o tutora docente del
alumno o en el equipo de gestión de la convivencia.
c) Garantizar el ejercicio de la mediación y otras
medidas contempladas en el plan de convivencia para la resolución de conflictos
según los procedimientos establecidos para cada uno de ellos en este decreto.
d) Incoar expedientes sancionadores y aplicar en su
caso las medidas que correspondan sin perjuicio de las competencias atribuidas
al consejo escolar y según el procedimiento establecido en este decreto.
e) Velar por el cumplimiento de las medidas
impuestas en sus justos términos.
f) Coordinar y dirigir las actuaciones de las
personas que ejercen las tutorías y el profesorado establecidos en el plan de
convivencia y en las normas de convivencia.
Según el artículo 46 dentro de este plan se
incluirán las siguientes acciones:
Acción
tutorial:
·
Dar a conocer a los
alumnos las normas de convivencia del centro.
- Dar
a conocer a los alumnos los aspectos básicos del Plan de Convivencia.
- Formar
a los alumnos en habilidades sociales básicas.
- Intervenir
de forma inmediata cuando se detecte un conflicto entre el alumnado.
- Dar
a conocer a las familias del alumnado las normas de convivencia del
centro.
- Dar
a conocer a las familias del alumnado los aspectos básicos del Plan de
Convivencia.
- Sensibilizar
a las familias de la necesidad de educar en un modelo de convivencia
pacífico tomando de referencia la vida familiar.
- Orientar
a las familias sobre la resolución pacífica de conflictos.
- Elaborar
documentos informativos sobre aspectos de convivencia para facilitar la
acción tutorial.
- Proponer
libros para la biblioteca general o la de aula que trabajen los valores de
convivencia.
PROGRAMA PARA LA ATENCIÓN y TRATAMIENTO DE ALUMNADO CON
GRAVES PROBLEMAS DE CONDUCTAS.
Según el artículo 66.5 en el caso de alumnado con graves
problemas de conducta la Comisión de convivencia citará a las familias para
afrontar conjuntamente la situación y en su caso llevar a cabo las siguientes
acciones:
- Requerir
la intervención de los Equipos de Orientación, en aquellos casos cuya
colaboración sea necesaria.
- Solicitar
el apoyo de los Servicios Sociales Municipales.
- Solicitar
apoyo de los Equipos de Convivencia en caso puntuales.
- Requerir
la intervención del personal especializado de Centros de Salud cuando se
considere que hay una situación de deterioro de la salud social del alumno
que el centro con sus medios no puede atender.
REGULACIÓN DEL PROCEDIMIENTO QUE PERMITA EL EJERCICIO DEL
DERECHO A LA MANIFESTACIÓN DE LA DISCREPANCIA (Art.10.)
El alumno tiene derecho a la manifestación de la
discrepancia ante decisiones o acontecimientos relacionados con la vida escolar.
Las discrepancias, cualquiera que sea su motivación, alcance y contenido, serán
puestas en conocimiento de la dirección del centro, a través de los delegados o
delegadas de cada grupo para que adopten las medidas que correspondan.
Otras estrategias:
Aula de Convivencia (Art. 45)
El centro
docente creará un aula de convivencia para el tratamiento puntual e
individualizado del alumnado que como consecuencia de la imposición de una
medida educativa correctora por alguna de las conductas previstas en dicho plan,
se vea privado de su derecho a participar en el normal desarrollo de las
actividades lectivas.
Se
establecerán los criterios y las condiciones para que el alumnado sea atendido
en el aula de convivencia. Corresponde a la dirección del centro la verificación
del cumplimiento de dichas condiciones y la resolución a adoptar.
Equipo de mediación. (Art. 47)
El colegio podrá contar con un equipo
de mediación cuya designación de los miembros del equipo corresponde a la
Comisión de Convivencia del centro para realizar las acciones en el proceso de
mediación.
El equipo de mediación actuará, a
instancias de la Comisión de Convivencia, en aquellos casos en que se plantee
un conflicto de convivencia entre dos o más miembros de la comunidad educativa,
siempre que se necesite, procurando la resolución pacífica del mismo a través
de técnicas de mediación.
En aquellos casos en que por parte de
la comisión se considere necesario, los procesos de mediación podrán ser
realizados por profesionales externos al centro, con los que colaborará el
equipo de mediación.
Proceso de mediación.
1. Una vez detectada la existencia de un conflicto de convivencia, la
comisión de convivencia del Colegio, de oficio o a instancia de cualquier
miembro de la comunidad educativa, podrán proponer a las partes el inicio de un
proceso de mediación.
2. Realizada la propuesta, las partes manifestarán por escrito su
voluntad de adherirse al proceso aceptando las condiciones requeridas por el
equipo de mediación y el compromiso de que, en caso de acuerdo, se aceptará la
realización de las actuaciones que se determinen.
3. Una vez manifestada la voluntad de acogerse al acuerdo, se pondrá
en conocimiento del equipo de mediación, que designará un responsable del
proceso y procurará la obtención de un acuerdo en un plazo máximo de 15 días,
prorrogables cuando se considere necesario por el propio equipo.
4. En caso de que el proceso de mediación se inicie como consecuencia
la infracción de una norma de convivencia, el inicio del proceso paralizará el
procedimiento sancionador y, en caso de que finalice con acuerdo positivo entre
las partes, no se procederá a la imposición de ninguna medida sancionadora. No
obstante, si no se alcanzase acuerdo alguno, se procederá a la imposición de
las correcciones oportunas.
5. El inicio del proceso de mediación será comunicado a la comisión de
convivencia, a los tutores y a los representantes legales de los alumnos
implicados.
7.
PROTOCOLOS PARA LA GESTIÓN DELOS CONFLICTOS.
Como paso previo hemos de
diferenciar entre:
a)
Incidencia:
es una falta leve de la que queda constancia en la libreta de incidencia de la
clase.
b)
Parte
disciplinario: una falta grave o la acumulación de varias faltas leves dará
lugar a la apertura de un parte disciplinario que quedará registrado en la Jefatura de Estudios.
c)
Expediente
disciplinario: al tercer parte disciplinario se procederá a la apertura de
expediente en los términos previstos por la normativa.
Los tutores
deberán contar en sus clases con una libreta
o carpeta de incidencias en la que reseñarán las situaciones tipificadas
como faltas en este Reglamento, con la fecha, nombre del alumno o alumnos
implicados y firma de éste y testigos si los hubiere.
Cuando
sucedieran situaciones tipificadas como faltas leves, el maestro amonestará
oralmente al alumno que haya cometido la falta. Si éste no fuera tutor del
alumno lo comunicará al tutor mediante el parte de incidencias con el fin de
que quede constancia en la libreta de incidencias de la clase.
El
arrepentimiento, reconocimiento de la falta y el propósito de no volver a
cometerla serán juzgados como atenuantes en esta primera fase, y quedará a
juicio del maestro el momento o el límite a partir del cual cumplimentará el
primer parte disciplinario por adquirir la consideración de falta grave. Será
preceptivo que, ante reiteradas faltas leves por parte de un alumno, el tutor,
previo a la apertura del primer parte disciplinario, se reúna con las familias
del alumno e intente obtener su colaboración para resolver la situación. Así
mismo se les dará cuenta, si lo desconocen, del procedimiento sancionador a
seguir que rige en el Centro.
Una falta
grave o la reiteración de faltas leves por parte de un alumno darán lugar a que
se le abra un parte disciplinario
por el maestro. Éste lo trasladará a la Jefatura de Estudios y/o la Comisión de
Convivencia para su registro. En la
Jefatura de Estudios y/o la Comisión de Convivencia se
llevará el registro de los partes disciplinarios que puedan darse durante el
curso escolar.
Los maestros
que hayan presenciado o hayan intervenido en alguna de las situaciones
tipificadas como faltas, a partir de graves, deberán cumplimentar el parte
de disciplinario y trasladarlo a la Jefatura de Estudios y/o
la Comisión de Convivencia.
El Jefe de
Estudios y/o la Comisión de Convivencia amonestarán verbalmente al alumno que
haya sido objeto de la extensión de un primer
parte disciplinario. Se citará a los padres del alumno que se
entrevistarán con el maestro-tutor y con el/la Jefe de Estudios, y se les advertirá de las
consecuencias negativas que para su hijo pueden tener futuros actos de esa
índole. Se dejará constancia escrita de lo acontecido en esta reunión
(colaboración de los padres, disposición del alumno a mejorar, etc.) y se adjuntará al parte disciplinario.
Se citará a
las familias del alumno objeto de un segundo
parte disciplinario. Esta segunda cita será ante el Director y/o la
Comisión de Convivencia del Centro. A los padres se les advertirá que si su
hijo es objeto de un tercer parte disciplinario, ello conllevará la apertura de
un expediente.
En los días
siguientes se convocará a la Comisión de Convivencia para que ésta reciba toda
la información acontecida con respecto al caso.
Cuando un alumno sea
objeto de un tercer parte
disciplinario se le incoará un
expediente a iniciativa de la Dirección del centro o a propuesta de la Comisión
de Convivencia con un plazo máximo de tres días desde el conocimiento de los
hechos siguiendo lo establecido en el artículo 70 del decreto.
Por acuerdo
del Claustro, a comienzo del curso se determinará la elección del instructor de
expediente disciplinario.
El
procedimiento sancionador será el siguiente:
1.- Amonestación verbal
por parte del profesor o personal del Centro.
2.- Amonestación verbal
por parte del Tutor.
3.- Amonestación verbal
por parte del Jefe de Estudios.
4.- Amonestación verbal
por parte del Director.
5.- Pedir disculpas a la persona o personas que
han recibido el daño.
6.- Mostrar
arrepentimiento público.
7.- Comunicado a los
padres.
8.- Realización de
tarea extra.
9.- Privarle de jugar
durante el recreo.
10.- Dejarle sin
recreo, acompañado por un maestro.
11.- Reponer el objeto roto
o deteriorado.
12.- Pintar la zona que
ha manchado.
13.- Privarle de una
salida.
14.- Privarle de la
asistencia a clase por el período que fija el Decreto.
Las actuaciones previstas en el presente Plan de
Convivencia escolar comenzarán a desarrollase durante el curso 2013/14 formando
parte de la Programación General Anual de cada curso. Corresponde al Equipo
Directivo garantizar la coordinación y el cumplimiento de los plazos
establecidos en el mismo.
La Comisión de Convivencia dará cuenta
trimestralmente al Consejo Escolar de las actuaciones realizadas y de los
resultados obtenidos tanto de la aplicación de las normas de convivencia como
de la marcha del Plan de Convivencia. Con anterioridad a este informe el
Director convocará a la
Comisión de Convivencia, le facilitará los datos oportunos y
analizará la trayectoria de la convivencia en el centro, preparando, si se
considera necesario, las propuestas que pueda estimar.
Del mismo modo, antes de finalizar el curso se
preparará por la Comisión de Convivencia la información necesaria destinada a
la elaboración del Informe Anual de Convivencia por parte del Consejo Escolar.
Este informe servirá de base para la programación de actividades del curso
siguiente y toma de decisiones.
Procedimientos
para la difusión:
Una copia de este Plan
será entregada a la Asociación de Padres.
En las reuniones con las
familias se incluirá un punto para dar información de los aspectos más
relevantes del Plan.
El profesorado elaborará
documentos adaptados a las distintas edades de los alumnos que faciliten la
información sobre los aspectos más básicos del Plan.
A los alumnos se les
facilitará información, adaptada a su edad, por medio de sus tutores de los
contenidos que les afecten más directamente.
Una copia del Plan estará
en la Secretaría del centro a disposición de cualquier miembro de la Comunidad
Escolar que lo solicite para su consulta.
9. EVALUACIÓN DEL PLAN.
La evaluación del plan
la llevará a cabo la Comisión de Convivencia y tendrá en cuenta las siguientes
cuestiones:
- Partir de los datos de la convivencia
recogidos en el diagnóstico para contrastarlos con los índices obtenidos
tras la aplicación del plan.
- Definir el tipo de evaluación, su calendario
y los responsables.
- Establecer variables e indicadores de
observación.
- Determinar los instrumentos y técnicas
adecuados para la observación de estas variables.
- Alcanzar las conclusiones de esta evaluación
que nos permitirán reformular y adaptar el plan conforme a ellas.
10.
PLAN DE FORMACIÓN.
La Comisión de Convivencia deberá identificar las
necesidades de formación precisas para llevar a la práctica las estrategias
contenidas en el plan. A partir de ellas propondrá las acciones formativas para
la comunidad educativa.
El conocimiento en profundidad de la normativa legal
vigente, la adquisición de habilidades sociales para el profesorado, los
conocimientos prácticos sobre mediación, modelos escolares inclusivos, nuevos
modelos de gestión del aula, identificación y actuación sobre situaciones conflictivas,
y en general los contenidos relacionados con la acción tutorial y la
convivencia son competencias que, en su conjunto, inciden de modo positivo en
la mejora de la convivencia en los centros educativos.
PARTE DE INCIDENCIA
Nombre y
apellidos:_________________________________________________________________________
Curso/Grupo:______________________________________________________________________________
Profesor/a:__________________________________________Fecha:_________________Hora:____________
|
CONDUCTA DE CARACTER LEVE. Según el
artículo 62 del Decreto 114/2011, de 11 de mayo.
|
Situación
dada
|
|
Actitudes de un
alumno con otro alumno:
|
|
|
Insultar
a los demás alumnos.
|
|
|
Reírse
de los compañeros.
|
|
|
Poner
motes a los demás.
|
|
|
Atravesar
el pie para que se caiga, sin causarle lesiones.
|
|
|
Tirar
un objeto con intención de hacer daño, sin causar lesiones.
|
|
|
Pegar
a los demás.
|
|
|
Culpar
a otro sin justificación.
|
|
|
Mandar
a un alumno a realizar un acto indebido.
|
|
|
Molestar al que trabaja.
|
|
|
Abusar
de los más pequeños.
|
|
|
Amenazar a otro alumno.
|
|
|
Escupir a un alumno.
|
|
|
Actitudes
de un alumno con los maestros, personal del centro y familias:
|
|
|
Desobedecer
la indicación de los maestros o personal del Centro.
|
|
|
Responder airadamente.
|
|
|
Hacer
muecas con el objeto de quitarle autoridad.
|
|
|
No
guardar el debido orden durante las clases.
|
|
|
Interrumpir
la clase con el objeto de que el maestro no pueda impartir su área.
|
|
|
Salir
de clase sin permiso.
|
|
|
No
entregar a los padres documentos del Centro.
|
|
|
Escupir
a un maestro/-a, personal del centro o familias.
|
|
|
Actitudes
de un alumno con el material, mobiliario y espacios del Centro:
|
|
|
No
respetar los horarios y normas de entrada y salida del Centro.
|
|
|
Olvidar
de forma reiterada el material en casa.
|
|
|
Pasar
de forma escandalosa por los pasillos o golpeando el mobiliario alterando el
orden.
|
|
|
Tirar
objetos o papeles al suelo.
|
|
|
Dejar
intencionadamente los grifos abiertos.
|
|
|
Maltratar
las plantas o entrar en zonas ajardinadas.
|
|
|
Hacer
caso omiso a las indicaciones de los maestros que cuidan el patio.
|
|
|
Pintar
las paredes o mobiliario del Centro.
|
|
|
Robar
material de escaso valor del Centro.
|
|
|
CONDUCTAS DE CARACTER GRAVE. Según el
artículo 63 del Decreto 114/2011, de 11 de mayo.
|
|
|
Desobediencia
al Equipo Directivo o a los maestros y resto de personal del Centro, cuando
vayan acompañadas de actitudes o expresiones insultantes, despectivas,
desafiantes o amenazadoras.
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Reiterada
y continuadas falta de respeto al ejercicio del derecho al estudio de sus
compañeros.
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La alteración del orden.
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La
discriminación con cualquier miembro.
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La
reiteración de faltas leves.
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Faltar
el respeto mediante insultos graves, gestos o amenazas a cualquier miembro de
la Comunidad Educativa.
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Cometer
actos violentos hacia personas de la Comunidad Educativa.
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Falsificar
la firma de sus padres en las agendas o informaciones del centro.
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Robar
material del Centro.
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La no
asistencia a clase de forma injustificada por período superior a tres días al
mes.
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CONDUCTAS DE CARACTER MUY GRAVE. Según el
artículo 64 del Decreto 114/2011, de 11 de mayo.
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Indisciplina
e insubordinación incluida a la negativa de cumplir las medidas correctoras.
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Expresiones
gravemente ofensivas contra los miembros de la Comunidad Educativa.
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Vejaciones
o humillaciones a cualquier miembro de la Comunidad Educativa.
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El acoso
escolar.
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Agresión
física contra cualquier miembro de la Comunidad Educativa.
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La
reiteración de faltas graves.
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No
cumplir una sanción impuesta por falta grave.
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Alterar
las calificaciones de los Boletines de Notas o falsificar firma de los padres.
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Explicación de los
hechos:
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Medidas tomadas en
el aula: __________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________
_______________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________
MEDIDAS APLICABLES
SEGUN DECRETO 114/2011
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CONDUCTAS DE CARÁCTER LEVE (Art. 65)
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MARCAR
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Reflexión
dentro del aula y reconocimiento de la inadecuación de la conducta ante las
personas que hayan sido perjudicadas.
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Realización
de alguna tarea relacionada con el tipo de conducta inadecuada.
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Apercibimiento
verbal y comunicación a los padres por parte del mismo profesor (entrega al
tutor)
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Apercibimiento
verbal y comunicación a la Jefatura de Estudios
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Privación
del tiempo de recreo durante ____ días.
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CONDUCTAS DE CARÁCTER GRAVE (Art. 66)
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Suspensión
a participar en actividades extraescolares según el periodo establecido en el
Art.66
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Suspensión
del derecho a participar en actividades complementarias según el periodo
establecido en el Art.66
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Suspensión
del derecho a utilizar el servicio de comedor por un período máximo de tres
días cuando la conducta contraria haya tenido lugar en el sitio mencionado.
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Suspensión
del derecho a utilizar la biblioteca, el aula de nuevas tecnologías cuando la
conducta contraria haya tenido lugar en el sitio mencionado.
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Suspensión
del derecho de asistencia a una determinada clase.
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Restablecer
o restituir el material afectado.
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Suspensión
de derecho a asistir al centro por un período de tres a diez días lectivos.
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Realización
de un servicio a la Comunidad Educativa previa autorización de los padres.
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CONDUCTAS DE CARÁCTER MUY GRAVE (Art. 67)
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Según
el Art.67, las conductas que
perjudican gravemente la convivencia serán corregidas por el director del
centro con la aplicación de una o varias medidas recogidas en el articulo
anterior, además de las señaladas en los apartados a, b, c, y d.
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Firma del
profesor/a: Firma
del alumno/a: Firma
del padre/madre/tutor/a legal:
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