lunes, 11 de noviembre de 2013

PLAN DE CONVIVENCIA.


 





Plan de Convivencia








  “Sembrar valores, recoger futuro”

CEIP SAN BENITO
 
 
 
 
 
ÍNDICE
  1. Introducción……………………………………………………………3
 
  1. Justificación…………………………………………………………….4
 
  1. Principios y metas…………………………………………....................4
 
  1. Diagnóstico de la convivencia en el centro.……………………………6
 
  1. Objetivos generales: priorización y planificación...................................10
 
  1. Normas de convivencia y su gestión…………..……………………….12
 
  1. Estrategias para favorecer la convivencia……...………………………41
 
  1. Protocolos para la gestión de los conflictos….…...................................43
 
  1. Dinamización y difusión …………………………............................... 50
 
  1.  Evaluación del plan……………………………..……………………..51
 
  1. Plan de formación……………………………………………………...52
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
0.      INTRODUCCIÓN.
El artículo 43 del Decreto 114/2011, de 11 de mayo, recoge en su artículo 43 lo siguiente:
  1. El Plan de Convivencia es el documento en el que se contemplará el ejercicio y el respeto de los derechos de los miembros de la comunidad educativa como base de la convivencia entre iguales, entre géneros y en la interculturalidad, así como de las relaciones entre el profesorado, el alumnado y su familia y el personal no docente.
  2. En él deberán recogerse, de forma particular y autónoma, procedimientos que tiendan a la prevención y resolución pacífica de los conflictos, a lograr la mediación y la reparación, así como directrices para asumir compromisos educativos para la convivencia. Por tanto, aunque se trata de un elemento de gestión de la convivencia, por encima de todo debe constituirse como un elemento para la mejora del centro educativo.
  3. El equipo directivo de los centros, teniendo en cuenta las medidas e iniciativas propuestas por todos los sectores de la comunidad educativa, elaborarán su Plan de Convivencia que se incorporará al Proyecto Educativo.
Las Normas de Organización y Funcionamiento deben recoger las normas de convivencia a impulsar, que se desarrollarán en el Plan de Convivencia.
Anualmente se concretarán las acciones necesarias para alcanzar los objetivos del Plan de Convivencia, recogidas en la Programación General Anual del centro (calendario de ejecución, responsables, seguimiento, evaluación…).
En el proceso de diseño o revisión del Plan debemos tener en cuenta:
  1. El Plan de Convivencia es un instrumento de planificación educativa que ha de ser coherente con el resto del Proyecto Educativo y con un enfoque que favorezca el ejercicio de los valores de responsabilidad, tolerancia, igualdad y respeto.
  2. El Plan será elaborado o revisado con la participación activa de todos los sectores de la comunidad educativa, teniendo en cuenta las medidas e iniciativas propuestas.
  3. El centro establecerá sus propios procedimientos de resolución de conflictos, haciendo de la autogestión de conflictos una oportunidad para la formación. Estos procedimientos han de regirse por los principios de oportunidad, intervención mínima, graduación y proporcionalidad.
  4. El Plan de Convivencia debe priorizar la importancia de la acción preventiva como garantía para la mejora de la convivencia escolar.
  5. La finalidad de las medidas correctoras será especialmente educativa, contribuyendo al desarrollo de las competencias básicas.
  6. Será responsabilidad de todos los miembros de la comunidad educativa la puesta en práctica y evaluación del Plan de Convivencia, con la finalidad última de conseguir un clima escolar adecuado.
       
  1. JUSTIFICACIÓN.
Los centros educativos constituyen espacios complejos en los cuales las personas, especialmente niños o jóvenes, pasan buena parte de sus vidas. Donde acceden al dominio de áreas de conocimiento y donde afrontan la convivencia con los otros miembros de la escuela.
Por lo tanto, a la escuela le corresponde enseñar modos de convivencia social e institucional. Resultando mucho más significativa aquella forma inherente al modelo de convivencia que genera el centro educativo en su día a día y que involucra a todos.
Es importante considerar que el logro de una convivencia satisfactoria en la escuela debe ser un objetivo prioritario e insustituible para transformar positivamente la educación e incidir en la sociedad, en beneficio de una educación más adaptada a las necesidades e intereses del alumnado, generará condiciones de trabajo para los docentes mejores y más saludables y facilitará el acceso a una cultura democrática y respetuosa de la diversidad.
La escuela, como parte de la sociedad no se encuentra exenta de situaciones conflictivas entre los miembros que la integran, lo que afecta la convivencia pacífica e interfiere en el proceso de enseñanza aprendizaje. Es fundamental promover un clima escolar favorable con normas claras y explícitas, así como fomentar el desarrollo de procesos participativos que contribuyan a mejorar las relaciones interpersonales y, por lo tanto, a una optimización del trabajo pedagógico.
Para que la convivencia sea posible, son elementos fundamentales: la tolerancia, el respeto y la solidaridad. Unificando y coordinando acciones a la hora de afrontar problemas y buscar nuevas alternativas elevamos el nivel competencial del centro educativo.
Un centro docente no es un mero conjunto de aulas en las que se establecen unas dinámicas de trabajo y unas relaciones específicas. El centro docente tiene una entidad propia como conjunto de personas de diferentes orígenes, edades, culturas, con distintos intereses y necesidades y con una vida privada y social propia, entre las que se establecen relaciones con unas características concretas, con tiempos y en espacios determinados, que hacen imprescindible consensuar y definir principios de actuación.
El  Plan de Convivencia es un instrumento que permite concienciar y sensibilizar a todos los sectores de la comunidad educativa en la tarea de adquirir las herramientas necesarias que nos ayuden a todos a convivir desde el respeto a cada persona, respetando la diversidad y las diferencias de cada uno.
El ámbito de la convivencia es un ámbito esencial y fundamental del funcionamiento de un centro y requiere el compromiso e implicación de toda la comunidad educativa. Los centros escolares, como enclaves que son de vida y crecimiento personal, constituyen una fuente natural de conflictos o, lo que es lo mismo, auténticas oportunidades para aprender a vivir juntos.
No cabe duda, que la mejora de la convivencia en nuestros centros pasa por el aprendizaje en la resolución pacífica de los conflictos, lo que implica la participación y el compromiso de los profesores y las familias.
La educación no puede orientarse sólo a la transmisión de información sino que debe favorecer el proceso de asimilación de una cultura democrática, integradora y potenciadora de valores.
Partimos de la concepción de centro educativo como espacio de aprendizaje y convivencia. Entendemos la convivencia como la relación que se establece entre los miembros de la comunidad educativa. Esta relación debe superar la mera coexistencia o tolerancia del otro e implica el respeto mutuo, la aceptación de normas comunes, la aceptación de otras opiniones y estilos de vida, y la resolución por medios no violentos de las tensiones que se produzcan en la relación.
 2.      PRINCIPIOS Y METAS.
En el Plan de Convivencia se han tenido en cuenta algunos principios como:
El aprendizaje no es un proceso aséptico e impersonal que se da sólo en las aulas y en los centros docentes. Además debemos tener siempre presente que cada alumno y alumna tiene una vida propia a su alrededor y no podemos dejar de tener en cuenta a la persona y su desarrollo emocional, ni hablar de aprendizaje sin incluir al grupo de alumnos y de alumnas y a las relaciones que en él se produce. Para Díaz Aguado: “…conviene tener en cuenta que la calidad de la educación depende, en gran parte, de la calidad de las relaciones personales a través de las cuales se produce. Cuando las relaciones (con profesores/as y compañeros/as) son adecuadas, representan una importante fuente de apoyo y motivación para el aprendizaje”.
Refiriéndonos a esto último, la convivencia y las relaciones intergrupales y personales son aspectos que van irremediablemente unidos al proceso de aprendizaje. No podemos desligar ambas cosas, siempre estarán en relación para facilitar o para entorpecer; incluso podríamos decir que lograr un buen clima de convivencia pasa por hacer que todo el mundo se encuentre a gusto en las aulas y en el centro.
Aprender a convivir y relacionarse formará, por lo tanto, parte del aprendizaje. Hablar de convivencia, de relaciones, supone tener en cuenta, por una parte una serie de habilidades, procedimientos y actitudes a desarrollar en el alumnado y, por otra tener que incluir una serie de  valores como elementos del contenido a enseñar y a aprender para garantizar la adquisición de las competencias básicas que determinan la formación del alumnado.
La participación.
Habrá que garantizarla como característica básica e indispensable para hacer posible la democratización de los centros escolares, tanto en su gestión, como en su dimensión educativa, es un derecho y una necesidad del proceso educativo escolar. Entendida como principio que debe existir en las escuelas y centros de aprendizaje, y como ámbito de aprendizaje en sí mismo, dirigido a la intervención y contribución futura del alumnado a una sociedad realmente democrática.
Las aulas tienen que ser un medio donde niños y niñas, chicos y chicas aprendan y pongan en práctica las reglas y los valores democráticos y donde se originen situaciones reales para que puedan tomar decisiones al respecto.
Para ello, la participación ha de contemplarse desde diferentes ámbitos:
·         ámbito curricular. Señalar la participación como un objetivo educativo explícito hará que el alumnado viva situaciones de participación democrática. Vivenciarlo le hará llegar a ser ciudadano o ciudadana demócrata más fácilmente.
·         ámbito organizativo. Plantear como objetivo que la escuela forme a personas democráticas y participativas, ella misma tiene que estar organizada desde idénticos presupuestos. La organización de un centro educativo debe ir en paralelo con este principio de participación; desde la organización de horarios y espacios para facilitar el encuentro entre las personas, pasando por un estilo de dirección democrática del centro, hasta la construcción de las normas de convivencia, en la propia aula, por parte de los protagonistas.
·         ámbito personal-profesional. Lo que transmite el profesorado está muy relacionado con su carácter, estilo o personalidad y con su posicionamiento ante la vida (opinión, implicación...). El profesor o la profesora al que el alumnado percibe como un “modelo implicado”, transmitirá y enseñará lo positivo de actuar en colectivo e insertado en la sociedad.
Desde esta perspectiva tendríamos que ser conscientes del currículum oculto, que según D. Aguado constituye “uno de los principales obstáculos que debe superar la educación para adaptarse a la situación actual,  en función del cual se transmiten las expectativas asociadas al papel de alumno (sumisión, obediencia...) que entran en contradicción con los objetivos del currículum explícito (autonomía, capacidad crítica), expectativas que con frecuencia resultan imposibles de entender para determinados alumnos, a los que con frecuencia se denomina como conflictivos”, reflexionando y dándonos cuenta de lo que realmente estamos poniendo en práctica en el aula y en el centro.
·         ámbito social. Conseguir la participación real de las familias en el proceso educativo haciéndoles partícipes de la filosofía y los objetivos que se propone el centro tiene que ser una meta más, así como buscar y facilitar la colaboración con los recursos de la zona, creando redes comunitarias y comunidades de aprendizaje. El centro educativo tiene que estar integrado en su entorno y abierto a la participación.
El conflicto: Para afrontar el aprendizaje de la convivencia resulta imprescindible pensar en el conflicto como algo que es inevitable e incluso, necesario. De esta forma, conseguiremos tener una visión positiva, haciendo que podamos trabajar con él  aprovechando la oportunidad educativa que nos ofrece.
Siempre que existan relaciones entre personas van a existir elementos conflictivos que, además, nos van a servir para madurar personalmente y como colectivo. Por otra parte, un conflicto no es algo objetivo, lo que para una persona no representa conflicto para otra sí, pues las visiones que se tienen de la forma de vivir una misma situación son muchas veces diferentes ya que en ello intervienen valores, creencias, actitudes, etc.
El Plan de Convivencia deberá apostar, decididamente, por una línea preventiva, pensando en la participación como principal herramienta para la construcción de la convivencia aprendiendo a enfrentarse y a prevenir el conflicto.
Al apostar por una línea de prevención, estaríamos optando por la educación y la formación en valores, por dotar a nuestro alumnado con estrategias y habilidades personales para afrontar los problemas, relacionarse de forma positiva con los demás y desarrollar su inteligencia emocional.
3.      DIAGNÓSTICO DE LA CONVIVENCIA EN EL CENTRO.
3.1. Características de la Comunidad Educativa.
A.    Personal Docente.
Consta de 16 docentes de diferentes especialidades: maestras de Educación Infantil, de Educación Primaria, de Inglés, de Francés, de Música, de Pedagogía Terapéutica, de Religión, de Educación Física, así como Orientador y Logopeda, definitivos en el centro, la mayor parte de ellos. Por lo tanto se puede afirmar que se trata de una plantilla estable.
Las relaciones entre el profesorado son buenas, basadas en un clima de cordialidad y de respeto mutuo. El profesorado participa en la vida del centro, colaborando en los eventos que se realizan y aportando ideas para mejorar el Colegio.
B.     Personal Laboral.
Contamos con personal de Servicio Complementario de Comedor (cocinera, ayudante de cocina y auxiliares de servicios complementarios), personal de limpieza, personal de mantenimiento y guardián, auxiliar educativa del Aula Enclave y personal auxiliar de Administración.
El personal laboral tiene una antigüedad en el centro, y se encuentran integrados en la vida del mismo, colaborando y participando, según sus posibilidades, en las actividades y planes que se desarrollan en el Colegio.
C. Características socioeconómicas de las familias.
El centro se encuentra en el barrio de San Benito con las delimitaciones características y peculiares de San Cristóbal de La Laguna.
La realidad social del Centro ha cambiado paulatinamente, en la actualidad, se encuentra en una zona de expansión poblacional con nuevas viviendas, nuevos recursos de ocio y disfrute en la zona (parque, piscina cubierta y demás instalaciones del Complejo Deportivo Municipal, pabellón Juan Ríos Tejera,…).
La oferta escolar en este entorno se completa con otros centros escolares próximos de Enseñanza Secundaria (IES Laguna e IES San Benito), dos talleres ocupacionales para personas con discapacidad psíquica, y también de varios centros privados concertados.
El colegio recoge una extracción social y económica diversa, desde familias que se encuentran bajo el umbral de la pobreza y que requieren de medidas asistenciales, hasta una amplia representación de personas que están empleadas en el sector servicios, profesiones liberales, amas de casa, funcionariado e incluso dedicadas a la agricultura y/o ganadería. Por ello el perfil de nuestro alumnado es plural, no sólo en cuanto a clase social de origen, sino también en cuanto a lugar de procedencia: familias residentes en la zona de influencia del centro, familias inmigrantes o desplazadas desde diversos países y otras comunidades del Estado, alumnado que tiene dictamen de escolarización en Aula Enclave y le es adjudicada plaza en este Centro, alumnado residente en otras localidades que por motivos laborales de sus familias les viene mejor escolarizarlos en La Laguna,...
En definitiva, un entorno social marcado por la diversidad social, cultural y económica, que globalmente precisa de medidas de compensación educativa y asistencial para garantizar el principio de igualdad de oportunidades.
D. Características del alumnado.
El porcentaje de alumnos evaluados positivamente viene siendo de alrededor del 80% en los últimos cursos, por lo que podemos considerar que se trata de una población escolar, que en general, cumple con el deber de estudiar y realiza las tareas que diariamente les encomiendan sus profesores.
El grado de conflictividad es prácticamente inexistente, tal y como puede apreciarse en las gráficas y el análisis de resultados de los cuestionarios previos cumplimentados por la Comunidad Educativa,  por lo que se puede hablar de un clima muy positivo y de respeto entre el alumnado, y entre éste y el profesorado o el resto del personal.
 Encuestas sobre la percepción de la comunidad educativa de la situación actual de la convivencia en el centro
ALUMNADO.
Los cuestionarios que se pasaron a los alumnos contenían los siguientes indicadores:
 Total alumnado encuestado: 75
ALUMNADO
total encuestado
INSUFICIENTE
SUFICIENTE
BIEN
Existe una actitud de respeto mutuo entre el alumnado
73
5
37
31
Existe un ambiente de colaboración en el trabajo en grupo
75
5
16
54
Conoce las normas de convivencia que figura en el NOF
73
12
35
26
Respeta las normas de clase y de convivencia establecidas en el NOF
73
5
31
37
El alumnado participa en el control y resolución de los conflictos
72
12
27
33
Existe una actitud de respeto mutuo ente alumnado y el profesorado
73
2
15
56
Participa activamente en la organización de la actividad de las clases
74
0
24
50
Se tiene interés por las actividades que se realizan en el centro
75
2
19
54
El alumnado está satisfecho con la actitud del profesorado en general
75
5
17
53
El alumnado percibe conflictividad en el colegio
73
23
33
17
 

La encuesta fue respondida por 75 alumnos de 3º a 6º de Educación Primaria. De su análisis se deduce que gran parte de los mismos consideran que en el Colegio se respetan las normas, existe un buen clima y baja conflictividad, tal y como se ve en la gráfica anterior. La última pregunta creó confusión por su redacción y opciones de respuesta.
FAMILAS
Total familias encuestadas: 71
FAMILIAS
total encuestado
INSUFICIENTE
SUFICIENTE
BIEN
Existe una actitud de respeto mutuo entre las familias del alumnado
71
5
22
44
Existe un ambiente de colaboración entre profesorado y familias
71
4
22
45
Conoce las Normas de Organización y Funcionamiento del Centro
71
5
17
49
Considera que se respetan adecuadamente las normas del Centro
71
5
30
36
Se respetan los derechos y deberes del alumnado y sus familias
71
3
20
48
Participa en la toma de acuerdos o resolución de conflictos escolares
69
20
31
18
Existe una actitud de respeto mutuo entre profesorado y las familias
71
2
12
57
La información sobre la convivencia escolar es adecuada y fluida
71
8
30
33
El nivel de convivencia existente en el centro es satisfactorio
69
6
31
32
Existen conflictos significativos entre profesorado y familias
70
25
20
25
 
La encuesta fue respondida por 71 familias del centro. De su análisis puede extraerse que las familias no perciben conflictos en el Colegio, que se encuentran informados de las normas y que les gustaría participar en la toma de acuerdos o resolución de conflictos en mayor medida. Puede concluirse que las familias están satisfechas con la convivencia en el centro. La última pregunta creó confusión por su redacción y opciones de respuesta.
 PROFESORADO
Total profesorado encuestado: 13
PROFESORADO
total encuestado
INSUFICIENTE
SUFICIENTE
BIEN
Existe una actitud de respeto mutuo entre el profesorado
13
0
5
8
Existe un ambiente de colaboración entre profesorado y familias
13
0
9
4
Conoce las Normas de Organización y Funcionamiento del Centro
13
0
11
2
Considera que se respetan adecuadamente las normas del Centro
13
0
10
3
Se respetan los derechos y deberes del profesorado
13
2
7
4
El profesorado trabaja coordinadamente en equipo
13
3
4
6
En la toma de decisiones se busca habitualmente el consenso
13
5
7
1
El clima de trabajo en el centro se considera adecuado.
13
2
9
2
Existe una actitud de respeto mutuo entre el alumnado y el profesorado
13
0
7
6
El profesorado está satisfecho con la actitud del alumnado en general
13
0
9
4
 
Respondieron la encuesta 13 maestros-as, siendo la opinión mayoritaria la existencia de un clima positivo de trabajo, predomina la actitud de colaboración y respeto entre el mismo, así como con el alumnado. Destacar la necesidad de mejora en el consenso en la toma de decisiones, en el trabajo coordinado en equipo, en el respeto de los derechos y deberes del profesorado y el clima de trabajo del profesorado en su centro.
PERSONAL LABORAL
Total personal laboral encuestado: 9
PERSONAL LABORAL
total encuestado
INSUFICIENTE
SUFICIENTE
BIEN
Existe una actitud de respeto mutuo entre el Personal Laboral
9
0
0
9
Existe un ambiente de colaboración entre el personal laboral y familias
9
0
4
5
Conoce las Normas de Organización y Funcionamiento del Centro
9
0
4
5
Considera que se respetan adecuadamente las normas del Centro
9
0
4
5
Se respetan los derechos y deberes del personal laboral
9
0
3
6
El personal laboral trabaja coordinadamente en equipo
9
1
0
8
En la toma de decisiones se busca habitualmente el consenso
9
1
2
6
El clima de trabajo en el centro se considera adecuado.
9
1
3
5
Existe una actitud de respeto mutuo entre el alumnado y el personal laboral
9
0
3
6
El personal laboral está satisfecho con la actitud del alumnado en general
9
0
4
5
 
Respondieron la encuesta 9 personas, siendo la opinión mayoritaria la existencia de un clima positivo de trabajo, predomina la actitud de colaboración y respeto entre el mismo.
A modo de conclusión general, hemos constatado un alto nivel de satisfacción en cuanto a la Convivencia en los tres sectores estudiados, marcándonos como objetivo el dar la difusión adecuada al presente Plan.
4.      OBJETIVOS GENERALES: PRIORIZACIÓN Y PLANIFICACIÓN.
Pretendemos los siguientes objetivos:
o   Favorecer las mejores relaciones entre todos los miembros de la comunidad educativa.
o   Desarrollar estrategias para la prevención de conflictos y la resolución pacífica de los mismos.
o   Conseguir la integración de todo el alumnado sin discriminación por razón de raza, sexo, creencias religiosas, nivel económico o edad.
o   Fomentar la implicación de las familias en la labor educativa.
o   Propagar el ejercicio de tolerancia y libertad dentro de los principios democráticos de convivencia.
 
ACCIONES PREVISTAS:
·         Establecer normas muy claras y darle la mayor difusión en todos los ámbitos educativos.
·         Trabajar en las tutorías las normas de convivencia establecidas en el centro.
·         Establecer para el profesorado zonas de cuidado de los recreos.
·         Registrar las amonestaciones disciplinarias y aplicar las medidas con el alumnado.
·         Elaborar junto con el alumnado las normas de clase.
·         Conocer los derechos y deberes que se le atribuyen a cada individuo dentro del Centro así como las consecuencias que se derivan de su incumplimiento.
·         Prestar especial atención al buen uso del lenguaje, al utilizar el parte de incidencias.
·         Proponer desde la Asociación de Madres y Padres del Alumnado al Equipo Directivo cuantas acciones tiendan a la mejora del ambiente en el Colegio.
·         Controlar al alumnado en la entrada y salida de las instalaciones utilizadas en las actividades extraescolares, sobre todo en aulas, que entren y salgan en orden y en silencio.
·         Cuidar el comportamiento del alumnado en las distintas actividades programadas desde el centro  (charlas, salidas, tutorías,…).
5.      NORMAS DECONVIVENCIA Y SU GESTIÓN.
Aspectos generales de la Convivencia en el centro y normas que garanticen la ejecución del Plan de Convivencia contemplado en el Proyecto Educativo.
Se recogen en la LOE, artículo 124,  y en el Decreto 114/2011, de 11 de mayo, BOC 108.
PROCEDIMIENTOS PARA LA ELABORACIÓN DE LAS NORMAS DE CONVIVENCIA DEL CENTRO.
Las normas de convivencia surgen de las aportaciones de los distintos sectores de la Comunidad Educativa. Son revisables anualmente a través de la Comisión de Convivencia y se presentarán en el Consejo Escolar para su modificación y aprobación.
·         Asistir a clase con puntualidad.
·         Al entrar al centro el alumnado se colocará en fila en el lugar indicado para subir a sus clases en compañía del maestro.
·         El alumnado que llegue tarde deberá dirigirse a Secretaría con el familiar o persona que la acompañe, para cumplimentar una ficha de retraso.
·         El profesorado que llegue tarde deberá dirigirse a la Jefatura de Estudios para informar y cumplimentar la ficha de retraso.
·         La familia del alumnado no podrá entrar en el edificio sin la autorización expresa para ello, fuera de los horarios de Visita de Familias, ni interrumpir al profesorado durante los períodos de clase.
·         El profesorado y el personal no docente no podrá abandonar el centro sin la autorización expresa para ello, por parte del Equipo Directivo.
·         Para salir del Colegio, durante el horario de clase, del comedor o de las actividades extraescolares, será necesaria la presentación a su tutor/a de un justificante firmado por el padre/madre/tutor/a legal, previa cumplimentación en Secretaría. En estos casos, sólo podrá abandonar el Centro acompañado/a de un familiar o persona autorizada por escrito o, en caso de fuerza mayor, por vía telefónica.
·         El alumnado debe justificar por escrito cualquier falta de asistencia, además de avisar verbalmente lo antes posible.
·         El profesorado debe justificar por escrito cualquier falta de asistencia, además de avisar verbalmente lo antes posible a la Jefatura de Estudios o cualquier miembro del Equipo Directivo.
·         El alumnado tiene que estar siempre bajo la supervisión del profesorado, no puede estar solo tanto dentro como fuera del aula.
·         Respetar a los compañeros/as, profesorado, familias y personal del centro.
·         Tratar de resolver los conflictos con el diálogo, pidiendo ayuda si es necesario.
·         Mantener las aulas y los espacios comunes ordenados y limpios.
·         Cuidar, respetar y compartir los materiales comunes con los/as compañeras.
·         Entramos y salimos de la clase en fila de forma ordenada.
·         Asistir a clase bien aseado y con el uniforme del centro.
·         Cumplir las medidas y tareas indicadas.
 
PROCEDIMIENTOS PARA LA ELABORACIÓN DE LAS NORMAS DE CONVIVENCIA ESPECÍFICAS DE AULA y SERVICIOS COMPLEMENTARIOS.
Las normas específicas de aula  y Servicios Complementarios se formularán de acuerdo con los principios de necesidad y claridad, y teniendo en cuenta que sean las menos posibles y redactadas en positivo...serán elaboradas anualmente por el profesorado y el alumnado que convive en el aula y por el personal responsable de los Servicios Complementarios y no podrán vulnerar las normas establecidas con carácter general para el centro. Junto con la elaboración de estas normas también se deberá establecer los procedimientos o medidas ante incumplimientos de las mismas.
El incumplimiento de las normas de convivencia dará lugar a su consideración como conductas contrarias perjudiciales para la convivencia.
Según el artículo 62 del Decreto 114/2011, de 11 de mayo.
Las conductas contrarias a la convivencia de carácter leve.
a)      La falta injustificada de puntualidad o de asistencia a las actividades programadas.
b)      Las actitudes, gestos o palabras desconsideradas contra los miembros de la comunidad educativa.
c)      Una conducta disruptiva aislada, siempre que no sea reiterativa.
Tendrán la consideración de conductas contrarias a la convivencia de carácter leve las siguientes formas de comportarse los alumnos con los demás alumnos:
·         Insultar a los demás alumnos.
·         Reírse de los compañeros.
·         Poner motes a los demás.
·         Atravesarle el pie para que se caiga, sin causarle lesiones.
·         Tirarle un objeto con la intención de hacerle daño, sin causarle lesiones.
·         Tocar de forma impropia al resto de alumnos.
·         Pegar a los otros.
·         Culpar a otro sin justificación.
·         Mandar a un alumno a realizar un acto indebido.
·         Molestar al que trabaja.
·         Abusar de los más pequeños.
·         Amenazar a otro u otros alumnos.
Tendrán la consideración de conductas contrarias a la convivencia de carácter leve las siguientes formas de comportarse los alumnos con los maestros, personal del centro y familias:
·         Desobedecer la indicación de los maestros o personal del Colegio.
·         Responder airadamente.
·         Hacerle muecas con el objeto de quitarle autoridad.
·         No guardar el debido orden durante las clases.
·         Interrumpir la clase con el objeto de que el maestro no pueda impartir su área.
·         Salir de clase sin permiso del maestro.
Tendrán la consideración de conductas contrarias a la convivencia de carácter leve las siguientes formas de comportarse los alumnos con el material, mobiliario y espacios del centro:      
·         No respetar los horarios y normas de entradas y salidas al Centro.
·         Olvidar de forma reiterada el material escolar en casa.
·         Pasar de forma escandalosa por los pasillos o golpeando las puertas con el objeto de alterar el clima escolar.
·         Tirar objetos o papeles al suelo.
·         Dejar intencionada y reiteradamente los grifos abiertos.
·         Maltratar las plantas y animales del Colegio o entrar en las zonas ajardinadas.
·         Hacer caso omiso a las indicaciones de los maestros que cuidan el patio.
·         Pintar las paredes, puertas o mobiliario del Centro.
·         Robar material de escaso valor del Colegio.
Las medidas sancionadoras que dispone el Decreto son las siguientes:
Artículo 65 del Decreto.- Medidas ante conductas contrarias a la convivencia de carácter leve.
1. Las conductas contrarias a la convivencia de carácter leve serán corregidas por el profesorado del centro, y particularmente por el que imparte docencia directa al alumnado. En tal sentido, procurará agotar todas las medidas a su alcance, sin intervención de otras instancias, con una o varias de las siguientes:
a) Reflexión en lugar apartado dentro del aula sobre la conducta inadecuada concreta y sus consecuencias.
b) Reconocimiento de la inadecuación de la conducta, ante las personas que hayan podido resultar perjudicadas.
c) Realización de alguna tarea relacionada con el tipo de conducta inadecuada.
d) Apercibimiento verbal con posterior comunicación a la jefatura de estudios y a sus familias.
e) Privación del tiempo de recreo durante el período que se establezca por los centros.
2. En caso de que la aplicación de la medida correctora no la llevara a cabo el profesor o profesora que fuera testigo de la conducta, según lo señalado en el apartado 1, subsidiariamente le corresponderá a la persona que ejerce la tutoría, quien contará con el parecer del equipo educativo cuando lo considere necesario, o a solicitud de uno de sus componentes.
Sólo cuando la intervención del tutor o la tutora con la cooperación del equipo educativo no haya logrado corregir la conducta del alumno o alumna y reparar el daño causado, después de aplicar las medidas previstas en este artículo, la gestión del conflicto se trasladará a la dirección, o en su caso, al equipo de gestión de la convivencia.
Según el artículo 63 del Decreto 114/2011, de 11 de mayo.
Las conductas contrarias a la convivencia de carácter grave.
a)       La desobediencia a los miembros del equipo directivo o a los profesores o profesoras, así como al resto del personal del centro en el ejercicio de sus funciones, cuando vayan acompañados de actitudes, o expresiones insultantes, despectivas, desafiantes o amenazadoras.
b)       Los insultos o amenazas contra el alumnado o contra otros miembros de la comunidad educativa cuando no estén señaladas como conducta que perjudica gravemente la convivencia en el centro docente, así como los gestos o actitudes contra los demás miembros de la comunidad educativa que puedan interpretarse inequívocamente como intentos o amenazas de agresión.
 c)       La reiterada y continuada falta de respeto al ejercicio del derecho al estudio de sus compañeros o compañeras.
d)      La alteración del orden en cualquier lugar del centro, en el transporte escolar o en la realización de actividades fuera del centro, cuando no constituyan conducta gravemente perjudicial para la convivencia.
e)       La discriminación por razón de nacimiento, edad, raza, sexo, estado civil, orientación sexual, aptitud física o psíquica, estado de salud, cultura, religión, creencia, ideología o cualquier otra condición o circunstancia personal, económica o social, cuando no deba considerarse conducta que perjudique gravemente la convivencia.
Además de las anteriores, o desarrollando las mismas, también tendrán esa consideración las siguientes:
·         La reiteración de faltas leves.
·         Faltar al respeto mediante insultos graves, gestos obscenos o amenazas a cualquier miembro de la Comunidad Escolar.
·         Cometer actos violentos sin resultados de lesión hacia las personas que forman la Comunidad Escolar.
·         Falsificar la firma de sus padres en las agendas e informaciones del centro.
·         Robar material del Centro u objetos personales de cualquier adulto.
·         La no asistencia a clase de forma injustificada por período superior a 3 días en el mes.
Artículo 66.- Medidas ante conductas contrarias a la convivencia de carácter grave.
1. Para la corrección de las conductas contrarias a la convivencia de carácter grave, la dirección del centro o por delegación el Equipo de gestión de la convivencia, aplicará alguna de las siguientes medidas:
a) Suspensión del derecho de asistir a las clases de una o varias materias, o a participar en las actividades extraescolares y complementarias hasta la celebración de una entrevista con los representantes legales, sin que la medida pueda exceder de tres días.
b) Suspensión del derecho a utilizar el servicio de comedor o el servicio de transporte escolar por un período máximo de tres días, cuando la conducta contraria a la convivencia haya tenido lugar con ocasión de la utilización de los mencionados servicios.
c) Suspensión del derecho a participar en actividades extraescolares por un período que no podrá sobrepasar el final del trimestre académico en que haya tenido lugar la conducta corregida o, en caso de haber tenido lugar en el último mes del trimestre académico, el final del trimestre inmediatamente siguiente.
d) Suspensión del derecho a participar en las actividades complementarias que hayan de tener lugar fuera del centro docente por un período que no podrá sobrepasar el final del trimestre académico en que haya tenido lugar la conducta corregida o, en caso de haber tenido lugar en el último mes del trimestre académico, el final del trimestre inmediatamente siguiente, siempre que durante el horario escolar la alumna o alumno sea atendido dentro del centro docente.
e) Suspensión del derecho a utilizar la biblioteca, el aula de nuevas tecnologías, el laboratorio o cualquier dependencia del centro donde se realice una actividad docente por un período que no podrá sobrepasar el final del trimestre académico en que haya tenido lugar la conducta a corregir o, en caso de haber tenido lugar en el último mes del trimestre académico, el final del trimestre inmediatamente siguiente, cuando la conducta contraria a la convivencia haya tenido lugar con ocasión de la utilización de los mencionados servicios.
2. La suspensión de cualquier derecho de asistencia o participación en actividades extraescolares o complementarias conlleva el tratamiento educativo y la custodia del alumnado garantizada dentro del centro, a través de las estrategias establecidas en el plan de convivencia para la aplicación adecuada de estas medidas.
3. La dirección del centro, oído el Equipo de gestión de la convivencia, podrá aplicar, si se dan circunstancias agravantes, las medidas de este apartado frente a las previstas en el apartado 1.
a) Suspensión del derecho de asistencia a las clases de una o varias áreas o materias por un período de tres a diez días lectivos, sin pérdida de la evaluación continua siempre que se realicen determinados deberes o trabajos bajo el control del profesor o profesora que se designe a ese efecto por el centro.
b) Suspensión del derecho de asistencia al centro docente por un período de tres a diez días lectivos sin pérdida de la evaluación continua, siempre que se realicen determinados deberes o trabajos bajo el control del profesor o profesora que se designe a ese efecto por el centro.
c) Realización dentro o fuera del horario lectivo de un servicio a la comunidad educativa como fórmula de reparación al daño causado. Esta medida no puede ser impuesta sin autorización de los representantes legales en el caso del alumnado menor de edad, y aceptada por el propio alumno o alumna si es mayor de edad.
d) Suspensión del derecho a beneficiarse de una medida de compensación de las establecidas en el centro por un período que no podrá sobrepasar el final del trimestre académico en que haya tenido lugar la conducta a corregir o, en caso de haber tenido lugar en el último mes del trimestre académico, el final del trimestre inmediatamente siguiente, cuando la conducta contraria a la convivencia haya tenido lugar con ocasión de la utilización de los mencionados servicios.
4. La dirección del centro garantizará el ofrecimiento de una mediación con la otra parte del conflicto.
Cuando se acepta la mediación la aplicación de cualquier medida se paraliza hasta la finalización de la misma, que deberá incluir el cumplimiento del acuerdo alcanzado.
5. En el caso de alumnado con graves problemas de conducta, se derivará hacia un programa establecido en el plan de convivencia para su atención y tratamiento.
Se citará a la familia para afrontar conjuntamente la situación y, en su caso, solicitar la intervención de otros recursos externos como salud mental, servicios sociales municipales u otros.
Según el artículo 64 del Decreto 114/2011, de 11 de mayo.
Las conductas que perjudican gravemente la convivencia las que se expresan a continuación:
a)      Los actos explícitos de indisciplina o insubordinación, incluida la negativa a cumplir las medidas correctoras impuestas, ante los órganos de gobierno del centro docente o profesorado en ejercicio de sus competencias.
b)      Las expresiones que sean consideradas gravemente ofensivas contra los miembros de la comunidad educativa, verbalmente, por escrito o por medios informáticos, audiovisuales o de telefonía.
c)      Las vejaciones o humillaciones a cualquier miembro de la comunidad educativa que tengan una implicación de género, sexual, racial o xenófoba, o se realicen contra el alumnado más vulnerable por sus circunstancias personales, sociales o educativas.
d)     El acoso escolar.
e)      La agresión física contra cualquier miembro de la comunidad educativa o la instigación de dichas acciones.
f)       Provocar o involucrarse en altercados o conductas agresivas violentas que impliquen riesgo grave de provocar lesiones.
g)      Cometer intencionadamente actos que causen desperfectos en instalaciones o bienes pertenecientes al centro docente, a su personal, a otros alumnos y alumnas o a terceras personas, tanto de forma individual como en grupo.
Además de las anteriores, o desarrollando las mismas, también tendrán esa consideración las siguientes conductas:
·         La reiteración de faltas graves.
·         No cumplir una sanción impuesta por falta grave.
·         Alterar las calificaciones de los Boletines de Notas.
·         Falsificar la firma de sus padres en los Boletines de Notas.
·         Robar material de valor del Centro.
Artículo 67.- Medidas ante conductas que perjudican gravemente la convivencia.
1. Las conductas que perjudican gravemente la convivencia en el centro docente serán corregidas por el director o directora para lo que podrá contar con la asistencia del Equipo de gestión de la convivencia o de los Equipos de mediación, con la aplicación de una o varias medidas de las recogidas en el artículo anterior y, además, con cualquiera de las siguientes:
a) Suspensión del derecho de asistencia al centro docente por un período de once a veinte días lectivos sin pérdida de la evaluación continua, siempre que se realicen determinados deberes o trabajos bajo el control del profesor o profesora que se designe a ese efecto por el centro.
b) Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares o en las complementarias fuera del centro docente, o del derecho a utilizar el servicio de transporte escolar o el servicio de comedor, durante un período que puede llegar hasta la finalización del año académico, cuando la conducta contraria a la convivencia haya tenido lugar con ocasión de la realización de las mencionadas actividades o servicios.
c) Inhabilitación para cursar estudios en el centro en el que se cometió la conducta gravemente perjudicial por el tiempo que reste hasta la finalización del curso escolar.
d) Inhabilitación definitiva para cursar estudios en el centro donde se cometió la conducta gravemente perjudicial. En este caso, el Consejo Escolar del centro podrá acordar la readmisión del alumno o alumna para el siguiente curso, previa petición y comprobación de un cambio positivo en su actitud.
2. En caso de que el alumno o alumna con medida de inhabilitación, curse las enseñanzas obligatorias, la Administración educativa le asegurará un puesto escolar en otro centro docente sostenido con fondos públicos, en los términos que se determinen por orden de la persona titular de la consejería competente en materia de educación respecto a los servicios complementarios. Si se trata de alumnado que siga enseñanzas no obligatorias, de no existir plazas se le facilitará en la modalidad de enseñanza a distancia.
  
6.      ESTRATEGIAS PARA FAVORECER LA CONVIVENCIA.
En nuestro centro se desarrollan las siguientes estrategias según el Decreto 114/2011, de 11 de mayo, por el que se regula la convivencia en el ámbito educativo de la Comunidad Autónoma de Canarias.
EQUIPO DE GESTIÓN DE LA CONVIVENCIA.
El CEIP San Benito gestiona la convivencia a través de la Comisión para la Convivencia formada por:
·         La Dirección y/o Jefatura de Estudios, indistintamente.
·         Un Maestro/a.
·         Un Padre/Madre.
·         Dos alumnos/as rotativo entre los delegados de 4º, 5º, y 6º.
·         Personal de Comedor.
 Según el artículo 53 corresponde a la Comisión de Convivencia del centro:
a)      La responsabilidad de asistir a la dirección del centro y al resto de la comunidad educativa en el cumplimiento de lo establecido en este Decreto, canalizar las iniciativas de todos los sectores de la comunidad educativa para prevenir la violencia, evitar el conflicto, mejorar la convivencia y el respeto mutuo y la tolerancia en los centros docentes.
b)      El tratamiento de los conflictos de convivencia mediante los procedimientos establecidos en el presente Decreto, garantizando los principios de oportunidad, intervención mínima, proporcionalidad y superior interés del menor en sus actuaciones.
 c)      Elaborar un informe anual analizando los problemas detectados en la gestión de la convivencia y, en su caso, en la aplicación efectiva de los derechos y deberes del alumnado, que será trasladado a la dirección del Centro y al Consejo Escolar. Igualmente informar al Consejo Escolar, al menos dos veces durante el curso, sobre las actuaciones realizadas y hacer las propuestas que considere oportunas para la mejora de la convivencia en el centro.

Acciones a desarrollar:
  • Recabar del profesorado la información de la situación de la aplicación de las normas de convivencia así como del seguimiento de las actuaciones del Plan de Convivencia.
  • Preparar informes para su estudio.
  • Llevar al Consejo Escolar los informes y propuestas.
  • Garantizar el logro de los objetivos expresados en el Plan de Convivencia.
  • Facilitar la adquisición de libros para la biblioteca de centro o de aula y otros materiales que trabajen los valores de convivencia, a propuesta de tutores.
  • Proponer y coordinar proyectos de formación sobre aspectos de mejora de la convivencia en el centro.
  • Requerir la intervención de los Equipos de Orientación, en aquellos casos cuya colaboración sea necesaria.
SERVICIO DE MEDIACIÓN
Según el artículo 52 corresponde al Equipo Directivo:
a)      Favorecer el fomento de la convivencia en el centro impulsando el plan de convivencia aprobado por el consejo escolar.
b)      Aplicar las medidas de corrección de conductas que podrá delegar en la jefatura de estudios, en el tutor o tutora docente del alumno o en el equipo de gestión de la convivencia.
c)      Garantizar el ejercicio de la mediación y otras medidas contempladas en el plan de convivencia para la resolución de conflictos según los procedimientos establecidos para cada uno de ellos en este decreto.
d)     Incoar expedientes sancionadores y aplicar en su caso las medidas que correspondan sin perjuicio de las competencias atribuidas al consejo escolar y según el procedimiento establecido en este decreto.
e)      Velar por el cumplimiento de las medidas impuestas en sus justos términos. 
f)       Coordinar y dirigir las actuaciones de las personas que ejercen las tutorías y el profesorado establecidos en el plan de convivencia y en las normas de convivencia.
 ELEMENTOS DEL PLAN DE ACCIÓN TUTORIAL.
Según el artículo 46 dentro de este plan se incluirán las siguientes acciones:
Acción tutorial:
·         Dar a conocer a los alumnos las normas de convivencia del centro.
  • Dar a conocer a los alumnos los aspectos básicos del Plan de Convivencia.
  • Formar a los alumnos en habilidades sociales básicas.
  • Intervenir de forma inmediata cuando se detecte un conflicto entre el alumnado.
  • Dar a conocer a las familias del alumnado las normas de convivencia del centro.
  • Dar a conocer a las familias del alumnado los aspectos básicos del Plan de Convivencia.
  • Sensibilizar a las familias de la necesidad de educar en un modelo de convivencia pacífico tomando de referencia la vida familiar.
  • Orientar a las familias sobre la resolución pacífica de conflictos.
  • Elaborar documentos informativos sobre aspectos de convivencia para facilitar la acción tutorial.
  • Proponer libros para la biblioteca general o la de aula que trabajen los valores de convivencia.
PROGRAMA PARA LA ATENCIÓN y TRATAMIENTO DE ALUMNADO CON GRAVES PROBLEMAS DE CONDUCTAS.
            Según el artículo 66.5 en el caso de alumnado con graves problemas de conducta la Comisión de convivencia citará a las familias para afrontar conjuntamente la situación y en su caso llevar a cabo las siguientes acciones:
  • Requerir la intervención de los Equipos de Orientación, en aquellos casos cuya colaboración sea necesaria.
  • Solicitar el apoyo de los Servicios Sociales Municipales.
  • Solicitar apoyo de los Equipos de Convivencia en caso puntuales.
  • Requerir la intervención del personal especializado de Centros de Salud cuando se considere que hay una situación de deterioro de la salud social del alumno que el centro con sus medios no puede atender.
REGULACIÓN DEL PROCEDIMIENTO QUE PERMITA EL EJERCICIO DEL DERECHO A LA MANIFESTACIÓN DE LA DISCREPANCIA (Art.10.)
El alumno tiene derecho a la manifestación de la discrepancia ante decisiones o acontecimientos relacionados con la vida escolar. Las discrepancias, cualquiera que sea su motivación, alcance y contenido, serán puestas en conocimiento de la dirección del centro, a través de los delegados o delegadas de cada grupo para que adopten las medidas que correspondan.
Otras estrategias:
Aula de Convivencia (Art. 45)
El centro docente creará un aula de convivencia para el tratamiento puntual e individualizado del alumnado que como consecuencia de la imposición de una medida educativa correctora por alguna de las conductas previstas en dicho plan, se vea privado de su derecho a participar en el normal desarrollo de las actividades lectivas.
Se establecerán los criterios y las condiciones para que el alumnado sea atendido en el aula de convivencia. Corresponde a la dirección del centro la verificación del cumplimiento de dichas condiciones y la resolución a adoptar.
Equipo de mediación. (Art. 47)
El colegio podrá contar con un equipo de mediación cuya designación de los miembros del equipo corresponde a la Comisión de Convivencia del centro para realizar las acciones en el proceso de mediación.
El equipo de mediación actuará, a instancias de la Comisión de Convivencia, en aquellos casos en que se plantee un conflicto de convivencia entre dos o más miembros de la comunidad educativa, siempre que se necesite, procurando la resolución pacífica del mismo a través de técnicas de mediación.
En aquellos casos en que por parte de la comisión se considere necesario, los procesos de mediación podrán ser realizados por profesionales externos al centro, con los que colaborará el equipo de mediación.
Proceso de mediación.
1. Una vez detectada la existencia de un conflicto de convivencia, la comisión de convivencia del Colegio, de oficio o a instancia de cualquier miembro de la comunidad educativa, podrán proponer a las partes el inicio de un proceso de mediación.
2. Realizada la propuesta, las partes manifestarán por escrito su voluntad de adherirse al proceso aceptando las condiciones requeridas por el equipo de mediación y el compromiso de que, en caso de acuerdo, se aceptará la realización de las actuaciones que se determinen.
3. Una vez manifestada la voluntad de acogerse al acuerdo, se pondrá en conocimiento del equipo de mediación, que designará un responsable del proceso y procurará la obtención de un acuerdo en un plazo máximo de 15 días, prorrogables cuando se considere necesario por el propio equipo.
4. En caso de que el proceso de mediación se inicie como consecuencia la infracción de una norma de convivencia, el inicio del proceso paralizará el procedimiento sancionador y, en caso de que finalice con acuerdo positivo entre las partes, no se procederá a la imposición de ninguna medida sancionadora. No obstante, si no se alcanzase acuerdo alguno, se procederá a la imposición de las correcciones oportunas.
5. El inicio del proceso de mediación será comunicado a la comisión de convivencia, a los tutores y a los representantes legales de los alumnos implicados.
7.      PROTOCOLOS PARA LA GESTIÓN DELOS CONFLICTOS.
Como paso previo hemos de diferenciar entre:
a)      Incidencia: es una falta leve de la que queda constancia en la libreta de incidencia de la clase.
b)      Parte disciplinario: una falta grave o la acumulación de varias faltas leves dará lugar a la apertura de un parte disciplinario que quedará registrado en la Jefatura de Estudios.
c)      Expediente disciplinario: al tercer parte disciplinario se procederá a la apertura de expediente en los términos previstos por la normativa.
Los tutores deberán contar en sus clases con una libreta o carpeta de incidencias en la que reseñarán las situaciones tipificadas como faltas en este Reglamento, con la fecha, nombre del alumno o alumnos implicados y firma de éste y testigos si los hubiere.
Cuando sucedieran situaciones tipificadas como faltas leves, el maestro amonestará oralmente al alumno que haya cometido la falta. Si éste no fuera tutor del alumno lo comunicará al tutor mediante el parte de incidencias con el fin de que quede constancia en la libreta de incidencias de la clase.
El arrepentimiento, reconocimiento de la falta y el propósito de no volver a cometerla serán juzgados como atenuantes en esta primera fase, y quedará a juicio del maestro el momento o el límite a partir del cual cumplimentará el primer parte disciplinario por adquirir la consideración de falta grave. Será preceptivo que, ante reiteradas faltas leves por parte de un alumno, el tutor, previo a la apertura del primer parte disciplinario, se reúna con las familias del alumno e intente obtener su colaboración para resolver la situación. Así mismo se les dará cuenta, si lo desconocen, del procedimiento sancionador a seguir que rige en el Centro.
Una falta grave o la reiteración de faltas leves por parte de un alumno darán lugar a que se le abra un parte disciplinario por el maestro. Éste lo trasladará a la Jefatura de Estudios y/o la Comisión de Convivencia para su registro. En la Jefatura de Estudios y/o la Comisión de Convivencia se llevará el registro de los partes disciplinarios que puedan darse durante el curso escolar.
Los maestros que hayan presenciado o hayan intervenido en alguna de las situaciones tipificadas como faltas, a partir de graves, deberán cumplimentar el parte de  disciplinario y trasladarlo a la Jefatura de Estudios y/o la Comisión de Convivencia.
El Jefe de Estudios y/o la Comisión de Convivencia amonestarán verbalmente al alumno que haya sido objeto de la extensión de un primer parte disciplinario. Se citará a los padres del alumno que se entrevistarán con el maestro-tutor y con el/la Jefe de Estudios, y se les advertirá de las consecuencias negativas que para su hijo pueden tener futuros actos de esa índole. Se dejará constancia escrita de lo acontecido en esta reunión (colaboración de los padres, disposición del alumno a mejorar, etc.)  y se adjuntará al parte disciplinario.
Se citará a las familias del alumno objeto de un segundo parte disciplinario. Esta segunda cita será ante el Director y/o la Comisión de Convivencia del Centro. A los padres se les advertirá que si su hijo es objeto de un tercer parte disciplinario, ello conllevará la apertura de un expediente.
En los días siguientes se convocará a la Comisión de Convivencia para que ésta reciba toda la información acontecida con respecto al caso.
Cuando  un alumno sea  objeto de un tercer parte disciplinario  se le incoará un expediente a iniciativa de la Dirección del centro o a propuesta de la Comisión de Convivencia con un plazo máximo de tres días desde el conocimiento de los hechos siguiendo lo establecido en el artículo 70 del decreto.
Por acuerdo del Claustro, a comienzo del curso se determinará la elección del instructor de expediente disciplinario.
El procedimiento sancionador será el siguiente:
1.- Amonestación verbal por parte del profesor o personal del Centro.
2.- Amonestación verbal por parte del Tutor.
3.- Amonestación verbal por parte del Jefe de Estudios.
4.- Amonestación verbal por parte del Director.
5.-  Pedir disculpas a la persona o personas que han recibido el daño.
6.- Mostrar arrepentimiento público.
7.- Comunicado a los padres.
8.- Realización de tarea extra.
9.- Privarle de jugar durante el recreo.
10.- Dejarle sin recreo, acompañado por un maestro.
11.- Reponer el objeto roto o deteriorado.
12.- Pintar la zona que ha manchado.
13.- Privarle de una salida.
14.- Privarle de la asistencia a clase por el período que fija el Decreto.
 8.      DINAMIZACIÓN Y DIFUSIÓN.
Las actuaciones previstas en el presente Plan de Convivencia escolar comenzarán a desarrollase durante el curso 2013/14 formando parte de la Programación General Anual de cada curso. Corresponde al Equipo Directivo garantizar la coordinación y el cumplimiento de los plazos establecidos en el mismo.
La Comisión de Convivencia dará cuenta trimestralmente al Consejo Escolar de las actuaciones realizadas y de los resultados obtenidos tanto de la aplicación de las normas de convivencia como de la marcha del Plan de Convivencia. Con anterioridad a este informe el Director convocará a la Comisión de Convivencia, le facilitará los datos oportunos y analizará la trayectoria de la convivencia en el centro, preparando, si se considera necesario, las propuestas que pueda estimar.
Del mismo modo, antes de finalizar el curso se preparará por la Comisión de Convivencia la información necesaria destinada a la elaboración del Informe Anual de Convivencia por parte del Consejo Escolar. Este informe servirá de base para la programación de actividades del curso siguiente y toma de decisiones.
Procedimientos para la difusión:
Una copia de este Plan será entregada a la Asociación de Padres.
En las reuniones con las familias se incluirá un punto para dar información de los aspectos más relevantes del Plan.
El profesorado elaborará documentos adaptados a las distintas edades de los alumnos que faciliten la información sobre los aspectos más básicos del Plan.
A los alumnos se les facilitará información, adaptada a su edad, por medio de sus tutores de los contenidos que les afecten más directamente.
Una copia del Plan estará en la Secretaría del centro a disposición de cualquier miembro de la Comunidad Escolar que lo solicite para su consulta.
9.      EVALUACIÓN DEL PLAN.
La evaluación del plan la llevará a cabo la Comisión de Convivencia y tendrá en cuenta las siguientes cuestiones:
  1. Partir de los datos de la convivencia recogidos en el diagnóstico para contrastarlos con los índices obtenidos tras la aplicación del plan.
  2. Definir el tipo de evaluación, su calendario y los responsables.
  3. Establecer variables e indicadores de observación.
  4. Determinar los instrumentos y técnicas adecuados para la observación de estas variables.
  5. Alcanzar las conclusiones de esta evaluación que nos permitirán reformular y adaptar el plan conforme a ellas.
10.  PLAN DE FORMACIÓN.
La Comisión de Convivencia deberá identificar las necesidades de formación precisas para llevar a la práctica las estrategias contenidas en el plan. A partir de ellas propondrá las acciones formativas para la comunidad educativa.
El conocimiento en profundidad de la normativa legal vigente, la adquisición de habilidades sociales para el profesorado, los conocimientos prácticos sobre mediación, modelos escolares inclusivos, nuevos modelos de gestión del aula, identificación y actuación sobre situaciones conflictivas, y en general los contenidos relacionados con la acción tutorial y la convivencia son competencias que, en su conjunto, inciden de modo positivo en la mejora de la convivencia en los centros educativos.


 
PARTE DE INCIDENCIA
 
Nombre y apellidos:_________________________________________________________________________ Curso/Grupo:______________________________________________________________________________
Profesor/a:__________________________________________Fecha:_________________Hora:____________
 
CONDUCTA DE CARACTER LEVE. Según el artículo 62 del Decreto 114/2011, de 11 de mayo.
Situación dada
Actitudes de un alumno con otro alumno:
 
Insultar a los demás alumnos.
 
Reírse de los compañeros.
 
Poner motes a los demás.
 
Atravesar el pie para que se caiga, sin causarle lesiones.
 
Tirar un objeto con intención de hacer daño, sin causar lesiones.
 
Pegar a los demás.
 
Culpar a otro sin justificación.
 
Mandar a un alumno a realizar un acto indebido.
 
Molestar al que trabaja.
 
Abusar de los más pequeños.
 
Amenazar a otro alumno.
 
Escupir a un alumno.
 
   Actitudes de un alumno con los maestros, personal del centro y familias:
 
Desobedecer la indicación de los maestros o personal del Centro.
 
Responder airadamente.
 
Hacer muecas con el objeto de quitarle autoridad.
 
No guardar el debido orden durante las clases.
 
Interrumpir la clase con el objeto de que el maestro no pueda impartir su área.
 
Salir de clase sin permiso.
 
No entregar a los padres documentos del Centro.
 
Escupir a un maestro/-a, personal del centro o familias.
 
   Actitudes de un alumno con el material, mobiliario y espacios del Centro:
 
No respetar los horarios y normas de entrada y salida del Centro.
 
Olvidar de forma reiterada el material en casa.
 
Pasar de forma escandalosa por los pasillos o golpeando el mobiliario alterando el orden.
 
Tirar objetos o papeles al suelo.
 
Dejar intencionadamente los grifos abiertos.
 
Maltratar las plantas o entrar en zonas ajardinadas.
 
Hacer caso omiso a las indicaciones de los maestros que cuidan el patio.
 
Pintar las paredes o mobiliario del Centro.
 
Robar material de escaso valor del Centro.
 
CONDUCTAS DE CARACTER GRAVE. Según el artículo 63 del Decreto 114/2011, de 11 de mayo.
 
Desobediencia al Equipo Directivo o a los maestros y resto de personal del Centro, cuando vayan acompañadas de actitudes o expresiones insultantes, despectivas, desafiantes o amenazadoras.
 
Reiterada y continuadas falta de respeto al ejercicio del derecho al estudio de sus compañeros.
 
La alteración del orden.
 
La discriminación con cualquier miembro.
 
La reiteración de faltas leves.
 
Faltar el respeto mediante insultos graves, gestos o amenazas a cualquier miembro de la Comunidad Educativa.
 
Cometer actos violentos hacia personas de la Comunidad Educativa.
 
Falsificar la firma de sus padres en las agendas o informaciones del centro.
 
Robar material del Centro.
 
La no asistencia a clase de forma injustificada por período superior a tres días al mes.
 
CONDUCTAS DE CARACTER MUY GRAVE. Según el artículo 64 del Decreto 114/2011, de 11 de mayo.
 
Indisciplina e insubordinación incluida a la negativa de cumplir las medidas correctoras.
 
Expresiones gravemente ofensivas contra los miembros de la Comunidad Educativa.
 
Vejaciones o humillaciones a cualquier miembro de la Comunidad Educativa.
 
El acoso escolar.
 
Agresión física contra cualquier miembro de la Comunidad Educativa.
 
La reiteración de faltas graves.
 
No cumplir una sanción impuesta por falta grave.
 
Alterar las calificaciones de los Boletines de Notas o falsificar firma de los padres.
 
Explicación de los hechos:
________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________
Medidas tomadas en el aula: __________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________
_______________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________
 
MEDIDAS APLICABLES SEGUN DECRETO 114/2011
 
CONDUCTAS DE CARÁCTER LEVE (Art. 65)
MARCAR
Reflexión dentro del aula y reconocimiento de la inadecuación de la conducta ante las personas que hayan sido perjudicadas.
 
Realización de alguna tarea relacionada con el tipo de conducta inadecuada.
 
Apercibimiento verbal y comunicación a los padres por parte del mismo profesor (entrega al tutor)
 
Apercibimiento verbal y comunicación a la Jefatura de Estudios
 
Privación del tiempo de recreo durante ____ días.
 
CONDUCTAS DE CARÁCTER GRAVE (Art. 66)
 
Suspensión a participar en actividades extraescolares según el periodo establecido en el Art.66
 
Suspensión del derecho a participar en actividades complementarias según el periodo establecido en el Art.66
 
Suspensión del derecho a utilizar el servicio de comedor por un período máximo de tres días cuando la conducta contraria haya tenido lugar en el sitio mencionado.
 
Suspensión del derecho a utilizar la biblioteca, el aula de nuevas tecnologías cuando la conducta contraria haya tenido lugar en el sitio mencionado.
 
Suspensión del derecho de asistencia a una determinada clase.
 
Restablecer o restituir el material afectado.
 
Suspensión de derecho a asistir al centro por un período de tres a diez días lectivos.
 
Realización de un servicio a la Comunidad Educativa previa autorización de los padres.
 
CONDUCTAS DE CARÁCTER MUY GRAVE (Art. 67)
 
Según el Art.67, las conductas que perjudican gravemente la convivencia serán corregidas por el director del centro con la aplicación de una o varias medidas recogidas en el articulo anterior, además de las señaladas en los apartados a, b, c, y d.
 
 
 
 
Firma del profesor/a:                           Firma del alumno/a:                            Firma del padre/madre/tutor/a legal:
                                                                                                                                                                    
                                                                                                                                                                     DNI:_____________________________


 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 

 

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